Un funcionario de la Policía Local ha recurrido a la Audiencia Provincial el segundo auto de archivo dictado por el titular del Juzgado de Instrucción número 5 de Ceuta sobre un caso de presunto acoso laboral en el Cuerpo. Después de que la Sala de segunda instancia le ordenase la práctica de diligencias y tras optar de nuevo por un sobreseimiento libre al no apreciar “indicios racionales” de la existencia de delito, el denunciante estima que se ha vulnerado de forma reiterada su derecho a un procedimiento “justo”.
El magistrado instructor valoró, tras escuchar a denunciante y denunciados, que “no se puede deducir más que una situación laboral tensa de la que todos los implicados son responsables” y que el primero “sobredimensiona” los roces en forma de “bromas” o “quejas” con varios compañeros.
El recurso de apelación formulado denuncia que el juez no ha tenido tiempo para conocer los hechos, como a su juicio prueba el hecho de que en sus autos “mezcle procesos y personas” o diga que no se han aportado partes médicos de baja.
“Nada más alejado de la objetividad que debe presidir su actuación junto a la claridad que decir que ‘este instructor ha tenido conocimiento’ sin especificar cómo le llega, cómo le influye en su decisión o si ese conocimiento es extraprocesal”, censura el escrito registrado en la Audiencia, que frente al primer archivo de la causa apreció que el instructor había efectuado un “análisis precipitado de la relevancia penal de los hechos”.
A juicio del recurrente el segundo sobreseimiento “materialmente supone la abstención de todo procedimiento”, máxime cuando desde su punto de vista la toma de declaraciones se realizó con graves defectos de forma como no “garantizar la espontaneidad, transparencia y objetividad en la declaración de los testigos”.
El Negociado de Recursos Humanos de la Ciudad recibió dos escritos en mayo y noviembre de 2020
El policía hizo llegar al Negociado de Recursos Humanos de la Ciudad dos escritos en mayo y noviembre de 2020 denunciando acoso laboral (humillaciones, vejaciones, aislamiento...) por parte de mandos directos que corrieron la misma suerte: se incoó un expediente informativo interno que concluyó que no se podía “verificar” el presunto acoso laboral denunciado y el Juzgado de Instrucción en el que recayó la práctica de pesquisas tampoco halló “indicios racionales” de delito, pero el denunciante lamenta que ni siquiera se le comunicó la existencia de dicho procedimiento.
El policía ha denunciado al instructor del primer expediente por presunta prevaricación administrativa al entender que no solamente nunca le notificó “ningún acto” ni su resolución. Al contrario, en diciembre de 2020 supo que se le había incoado uno disciplinario en su contra por “haber acusado falsamente por acoso laboral a mandos” que concluyó con una sanción de 15 días de empleo y sueldo que fue suspendida cautelarmente por el Juzgado de lo Contencioso número 2 de la ciudad.
“Se ha violado la Ley de Procedimiento-Administrativo, no se ha permitido aportar pruebas ni declarar ni conocer lo declarado por las partes, se ha solicitado una evaluación psicológica del denunciante y que fuese investigado por presuntos delitos a instancias del instructor, que está denunciado por prevaricación”, han enumerado fuentes cercanas al policía que también ha acudido al Tribunal Constitucional por injurias y calumnias frente a uno de los mandos señalados por presunto acoso.
Que Dios te bendiga 🙏😇 rotonda. En tu línea pero la verdad saldrá.
Rotonda que disponte bendiga🙏
Todo el mundo malo, contra mi, y yo un pobrecito.Caradura trabaja ya !!!!!!