El colapso que sufre el Imserso, con cientos de valoraciones de discapacidad en espera, ha llegado al Defensor del Pueblo con varios escritos de vecinos de Ceuta afectados por esta situación.
Hay casos sangrantes de personas que tienen parado desde hace meses el reconocimiento de su discapacidad, lo que tiene consecuencias nefastas.
El Defensor del Pueblo ha instado al Imserso a que acelere esas valoraciones, llegando a advertir sobre las “claras vulneraciones” de derechos fundamentales en las que se está incurriendo.
En una de las respuestas ofrecidas a la queja de un ceutí, el Defensor puntualiza que es conocedor “de las situaciones de demora excesiva” que se están sucediendo. De hecho, alude a las mismas en cada informe que remite a las Cortes Generales.
La investigación de oficio que ha realizado el propio Defensor ante la cantidad de quejas y el bloqueo existente se ha traducido en una hilera de recomendaciones que han sido ya remitidas al Imserso para que las acate.
Es una especie de hoja de ruta para que se dé prioridad a los casos, haciendo además justicia con todas las personas que se están viendo perjudicadas por este colapso.
El Defensor indica que dada la persistencia de los problemas de retraso en la valoración de la discapacidad y ante las carencias en materia de personal argumentadas por el Imserso, se deben adoptar “cuanto antes” las “medidas que resulten necesarias de modo que los equipos multiprofesionales de valoración de la discapacidad estén adecuadamente dotados”.
Indica también que, a la mayor brevedad, se apruebe el desarrollo normativo que determine la composición, organización y funciones de los equipos multiprofesionales de calificación y reconocimiento del grado de discapacidad en Ceuta y Melilla, “particularmente los perfiles profesionales sociales y sanitarios de los técnicos integrantes”.
El Defensor insiste en que se apruebe el desarrollo normativo que regule el procedimiento para la valoración del grado de discapacidad en Ceuta y Melilla sobre el procedimiento a seguir para “el reconocimiento de la situación de dependencia y del derecho a las personas del Sistema para la Autonomía y Atención a la Dependencia” para las dos ciudades.
El Defensor recoge en las instrucciones dadas al Imserso que en la regulación del procedimiento para la valoración del grado de discapacidad se incluyan “criterios de ordenación de los expedientes, con el fin de determinar, de forma objetiva y razonable, el carácter urgente, prioritario u ordinario de los mismos”.
Así también, que se definan los supuestos en que se puede “proceder a la valoración por medios no presenciales o telemáticos”, con todas las garantías para el solicitante, y de conformidad con lo recogido en el Acuerdo de la Comisión Estatal de Coordinación y Seguimiento de la Valoración del Grado de Discapacidad publicado mediante Resolución de 17 de mayo de 2023, del Instituto de Mayores y Servicios Sociales.
Y que se habiliten los correspondientes permisos de consulta para los técnicos integrantes de los equipos multiprofesionales, de modo que “puedan acceder a los datos clínicos, sociales y educativos necesarios para llevar a cabo la labor de calificación y reconocimiento de la discapacidad, teniendo en cuenta las garantías exigidas en las correspondientes normas sectoriales y en la legislación sobre protección de datos personales”, expone el Defensor.
Entre las recomendaciones emitidas se indica que, una vez grabada la solicitud, “se emita una comunicación en la que se informe a la persona solicitante sobre el tiempo estimado para su valoración y la resolución del expediente”.
“Igualmente, teniendo en cuenta los efectos de la resolución desde la fecha de solicitud de valoración, que se informe en la misma comunicación sobre las prestaciones económicas de las que se pueden beneficiar, en su caso, los solicitantes, sin pérdida de derechos por los retrasos existentes”, mantiene.
“En los casos de revisión de los grados de discapacidad que no tengan carácter permanente, y mientras se mantenga la situación de retraso actual”, el Defensor recomienda que “se expida una resolución administrativa, al inicio del expediente, ratificando la continuidad de vigencia del grado de discapacidad previamente reconocido hasta la emisión de nueva resolución, con efectos temporales acordes a la estimación del retraso para resolver el expediente”.
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