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Rechazan las alegaciones de los sancionados por la pitada a Wert ante la Biblioteca

La instructora de los expedientes abiertos a Mohamed Ali, Juan Luis Aróstegui, Julio Basurco y  Hamza Er Roudani como supuestos promotores o animadores de la movilización que el pasado 26 de junio reunió a unas 50 personas ante la Biblioteca Municipal para reprochar al ministro de Educación,

José Ignacio Wert, sus políticas y sus recortes, ha comunicado al primero que desestima sus alegaciones y ratificada la propuesta de sanción individual de 301 euros.
La Administración sigue considerando que al menos Ali incurrió en una infracción de carácter “grave” tipificada en la Ley Orgánica sobre Protección de la Seguridad Ciudadana por no comunicar con diez días de antelación la celebración de la protesta a pesar de que la agenda oficial  exacta del ministro no se hizo pública hasta 24 horas antes de su llegada a Ceuta.
La norma establece que “en el caso de reuniones en lugares de tránsito público y manifestaciones cuya celebración” no se haya comunicado previamente a la autoridad se considerarán organizadores o promotores “a quienes de hecho las presidan, dirijan o ejerzan actos semejantes o a quienes por publicaciones o declaraciones de convocatoria de las reuniones o manifestaciones, por los discursos que se pronuncien y los impresos que se repartan durante las mismas, por los lemas, banderas u otros signos que ostenten o por cualesquiera otros hechos, pueda determinarse razonablemente que son inspiradores de aquéllas”.
A Ali, que piensa adoptar ahora la vía Contencioso-Administrativa, se le dan ahora 15 días para “formular alegaciones y presentar los documentos e informaciones que estime pertinentes” ante el órgano instructor o para hacer efectivo el pago de la multa.
Para la instructora del expediente no es cierto que los movilizados no tuviesen conocimiento previo ni otra opción que la de hacerlo sin comunicación previa. “Con casi diez días de antelación ya se conocían al menos tres lugares por los que, a lo largo de una intensa mañana, el ministro transitaría y podría ser objeto de cualquier reprobación pública”, razona.
Además, estima que habiendo apelado a una “razón de urgencia” la Delegación habría sido sensible con un recorte de los plazo “como se ha apreciado con un supuesto más dramático, las movilizaciones por el cese de los enfrentamientos en Gaza”. “No se puede afirmar que se haya privado a nadie de su derecho a expresarse libremente ni de modo individual ni de modo colectivo; ni siquiera se intentó”, se subraya en la resolución, “al no comunicar nada y, por el contrato, decidir concentrarse sin que la Autoridad Gubernativa lo supiera y, de este modo, pudiera cumplir adecuadamente con sus obligaciones de garantía de derechos”. Desde su punto de vista “no existe un derecho a conocer los detalles de la agenda de un ministro para que necesariamente se deba producir un ‘cara a cara’ de reproche”.

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