Tenía una orden de alejamiento de su mujer y aún así, estando en la prisión de Ceuta, la incumplió al solicitar a los funcionarios llamarla por teléfono. El número que aportó era el del móvil de la fémina.
Haber incurrido en un delito de quebrantamiento le llevará ahora a tener que pasar 4 meses y 15 días más entre rejas.
La pena de prisión ha sido dictada por el Juzgado de lo Penal número 2 después de un reconocimiento de los hechos por parte del acusado y el acuerdo alcanzado entre el Ministerio Fiscal y la Defensa que supuso una merma de un mes de condena respecto de la petición inicial considerada por el Ministerio Público.
La llamada que no podía hacer, la clave
Los hechos se remontan al 1 de mayo de 2023 cuando Y.M.M. solicitó mediante instancia a los funcionarios de la cárcel de Mendizábal hacer una llamada. El número que aportó fue el del teléfono móvil de su mujer y lo hizo a sabiendas de que estaba vigente una orden de alejamiento que le impedía mantener cualquier tipo de comunicación.
A sabiendas de esa medida quiso incumplirla, algo que encontró el veto de los funcionarios de prisiones que eran conocedores de la medida judicial que debía cumplir y que con su acción protegieron los derechos de la mujer.
Antecedentes y condenas
Ya con anterioridad el preso había sido condenado por un delito de quebrantamiento por el Juzgado de lo Penal 2 y por violencia de género por el juzgado de instrucción número 4, dictándose una medida que le impedía aproximarse a la vivienda de la mujer pero también comunicarse con ella por cualquier medio.
De estos extremos tenía perfecto conocimiento el ahora condenado por lo que su ánimo al pedir la realización de la llamada fue incumplir la resolución judicial.
La sentencia acordada por conformidad es firme y debe ser cumplida sin que quepa posible suspensión.
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