Continuando con la Campaña de la Renta, la Agencia Tributaria ha ratificado que, manteniendo su estrategia de los últimos ejercicios, procederá en fechas próximas al envío de comunicaciones de carácter preventivo, alrededor de 130.000 de las conocidas como "cartas de miedo", que también pueden llegar a algún contribuyente de Ceuta.
Se trata de notificaciones se harán llegar a través de correo postal, aunque también aparecerán avisos en la sede electrónica y en la aplicación móvil de la Administración
Ante esto, es cierto que ha surgido una creciente inquietud entre los contribuyentes, es por ello que es importante conocer qué son estas notificaciones y cómo actuar en caso de recibir algunas de las más de 100.000 que serán enviadas.
Lo primero que hay que aclarar al respecto es que el hecho de que una persona reciba una de estas misivas no implica necesariamente la imposición de una sanción inmediata
Para explicarlo de manera más clara, se puede definir esta comunicación como un sistema de alerta que está dirigido a ciudadanos que han realizado cambios en los datos del borrador inicial proporcionado por Hacienda.
¿Cuál es el objetivo? El propósito principal es que el ciudadano evalúe si su declaración se ajusta a la información fiscal que consta oficialmente, permitiendo así una regularización voluntaria antes de que se inicien procesos de inspección o se apliquen multas severas.
Un dato de interés es que se estima que, entre mediados de mayo y junio, será distribuidas aproximadamente 130.000 cartas preventivas conforme se procesen las declaraciones presentadas.
Una de las preguntas que se hacen con mayor frecuencia los contribuyentes es cómo actuar ante la llegada de esta carta.
En principio,lo más aconsejable en caso de que esto ocurra es que la persona no se alarme, sino que intente mantener la calma, pero sin ignorar el aviso.
Hay que recalcar en este punto que aunque hayan sido bautizadas como "cartas de miedo", el simple hecho de recibir alguna de estas misivas no implica que se haya incurrido en una infracción, en realidad puede decirse que es un llamamiento a la revisión.
Para ser más claros, lo que deben hacer los contribuyentes es analizar con detenimiento los apartados de su declaración, centrándose especialmente en los ingresos, deducciones aplicadas y cualquier dato que haya podido generar una discrepancia.
Una vez que se lleva a cabo esta revisión, los escenarios pueden ser dos en concreto.
En primer lugar es posible que la declaración esté correcta. Si la revisión exhaustiva permite a la persona determinar que los datos aportados son veraces, entonces no existe obligación de modificar nada
No obstante, el contribuyente debe conservar toda la documentación que justifique lo declarado por si Hacienda decidiera iniciar una comprobación posterior.
En el caso contrario, si se llega a una detección de errores, ya sea por omisión o fallo, lo ideal es subsanarlo a la mayor brevedad
El llamamiento a la tranquilidad se mantiene y lo siguiente es tomar acciones y para ello se puede utilizar la opción "Modificar declaración presentada" en el portal Renta Web para realizar una declaración rectificativa.
Para cerrar, a los contribuyentes se les recuerda que el hecho de corregir los fallos dentro del periodo de campaña se traduce en una estrategia eficaz para evitar consecuencias graves.
Y es que hay que tener en consideración que una regularización impulsada por la propia persona involucrada evita que, en un futuro, la Administración inicie actuaciones que podrían derivar en el pago de intereses de demora o sanciones económicas considerables.
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