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¿Qué dice la reforma de la Ley de Extranjería?

Tal y como había sido anunciado, el PSOE, Sumar y Coalición Canaria presentaron el lunes en el Congreso la proposición de ley de reforma de la Ley de Extranjería con el planteamiento de modificar el contenido del artículo 35 de la norma para establecer un reparto vinculante de los menores inmigrantes no acompañados entre las diferentes comunidades autónomas desde las regiones más afectadas, incluyendo Ceuta.

De acuerdo con la iniciativa este reparto vinculante deberá completarse en los 15 días posteriores al registro del menor.

Con el nuevo artículo que se pretende introducir, el 35 bis, se busca declarar “la existencia de situaciones de contingencia migratoria extraordinaria en Canarias, Ceuta y Melilla”, bajo el argumento de estos son “territorios donde las peculiaridades de su ubicación geográfica favorecen la llegada de los flujos migratorios actuales”.

Sobreocupación: 150%

Calculando una sobreocupación en el 150%, la intención es que el reparto de los menores inmigrantes no acompañados sea una vez que “se acredite la insuficiencia de los servicios autonómicos de las regiones receptoras para atender a estos niños”.

Al respecto, en la modificación se valorará como sobreocupación al momento de que los menores acogidos superen en un 150% el número de plazas ordinarias disponibles en el sistema.

En este sentido, se ha dado a conocer que en Canarias habrá 2.000 plazas, 87 en Ceuta y 166 en Melilla.

En el caso de Canarias el traslado de menores se ejecutaría cuando cuando el registro arroje más de 3.000 personas extranjeras menores de edad no acompañadas, aunque actualmente hay contabilizadas unas 6.000. Por su parte, la cifra que en Ceuta se ubica en 132, mientras que en Melilla es de 249.

Principio de solidaridad

Sobre el mecanismo de derivación entre las diferentes comunidades autónomas, además de los que deben considerarse como criterios objetivos para poder determinar las plazas por región, estos serían acordados por la Conferencia Sectorial de Infancia y Adolescencia, siempre "atendiendo al principio de solidaridad".

Mientras tanto se seguirá aplicando lo establecido en el plan aprobado en la Conferencia Sectorial del 30 de septiembre de 2022, teniendo en cuenta que resta la aprobación del nuevo modelo de gestión, que tendrá "carácter obligatorio" para todas las comunidades autónomas, con el compromiso de estar listo en los tres meses siguientes a la entrada en vigor de la ley.

Traslado: plazo de 15 días

En lo que respecta al traslado de los niños y niñas a la comunidad autónoma de destino, de acuerdo con lo que proponen el PSOE, Sumar y Coalición Canaria, este deberá de producirse en un plazo de 15 días desde la inscripción del mismo en el Registro de Menores No acompañados.

Anque, atendiendo a la urgencia de la crisis migratoria y el volumen de menores presentes especialmente en Canarias, la iniciativa establece un periodo transitorio para la aplicación de la ley.

Se entiende entonces que todos los menores que en el momento de la entrada en vigor de la norma excedan el 150% de ocupación de las comunidades tensionadas podrán ser distribuidos en un plazo máximo de 12 meses entre el resto de regiones.

Al reforma también incluye el contenido del artículo 52 de la norma, al que se le suma un nuevo punto. En función de esto, se considera "infracción leve" cuando las entidades o personas que trabajen en la atención a menores migrantes no comuniquen a la autoridad pública de la localización de los mismos.

Tras la presentación el lunes en el Congreso, ahora el PSOE y Sumar se concentrarán en intentar atar los apoyos para que esta proposición de ley pueda ser aprobada "cuanto antes" y la idea es que se tome en consideración en el último pleno extraordinario previsto en el Congreso para el 23 de julio.

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