La Autoridad Portuaria de Ceuta, dependiente del Ministerio de Transportes, Movilidad y Agenda Urbana (MITMA), ha iniciado el proceso de licitación de la explotación del aparcamiento del puerto. Las empresas interesadas tienen a partir del jueves 29 de diciembre 35 días naturales para la presentación de ofertas.
El contrato implicará la concesión de dos parcelas situadas en el embarcadero, que suman un total de 7.287 metros cuadrados.
La firma que resulte adjudicataria estará obligada a realizar una serie de mejoras en las instalaciones. La presentación de un proyecto para esta actuación es el apartado más valorado dentro de las bases del concurso.
Estas reflejan que la concesión se otorgará por un plazo de 30 años, que, a petición del titular y a juicio de la Autoridad Portuaria podría ser prorrogado por un plazo no superior a 15 años, la mitad del plazo inicial.
La actividad y uso principal de ambas parcelas será el de explotación de aparcamiento vigilado, pudiéndose destinar hasta un máximo de un 30% de la superficie total de ambas parcelas al desarrollo de actividades complementarias o accesorias de la principal, pudiéndose explotar directamente por parte del licitador o por terceros, siempre previa autorización de la Autoridad Portuaria y bajo la responsabilidad del adjudicatario del concurso.
Dichas actividades quedan recogidas dentro de las relacionadas con el uso portuario comercial, incluidos los relativos a actividades logísticas, de transporte, de servicio o de almacenaje que por su relación directa con el tráfico marítimo de pasajeros, vehículos y mercancías tengan justificación para ubicarse en esta zona.
Las compañías interesadas en hacerse con la concesión deberán presentar también su propuesta de tarifas a aplicar en la explotación del aparcamiento, que se entenderán máximas, así como la fórmula de revisión. La fórmula propuesta para la modificación no producirá incrementos superiores al IPC anual.
Como contrapartida, la adjudicataria deberá abonar un total de 1.3 millones de euros en concepto de tasa de ocupación del suelo público. Es decir, 85.139 euros anuales.
Otro requisito que marca la Autoridad Portuaria es que el titular de la concesión estará obligado a cumplir una actividad mínima anual de negocio de 250.000 euros.
El contrato contempla ciertas cláusulas de escape en caso de incumplimiento del tráfico mínimo durante dos años consecutivos o durante más de dos años en un periodo de un lustro.
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