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Puente de diciembre 2024: ¿dónde se pasa el festivo al lunes 9?

Los residentes en estas autonomías disfrutarán de un 'puente' de cuatro días festivos consecutivos; pero, ¿qué ocurre en Ceuta?

El puente de diciembre 2024, una de las escapadas más esperadas del calendario festivo en España, ya dispone de su distribución por territorios, oficializada con su publicaciones en los boletines autonómicos y en el BOE.

Este mes se distingue por dos celebraciones: el Día de la Constitución, el 6 de diciembre, y el Día de la Inmaculada Concepción, el 8 de diciembre, que este año coinciden con viernes y domingo respectivamente.

Tanto el 6 de diciembre como el 8 de diciembre son festivos nacionales. Sin embargo, en 2024 el Día de la Inmaculada Concepción cae en domingo y, a pesar de que se trata de un festivo no sustituible, algunas comunidades decidieron trasladar la festividad al lunes.

Según publicó el BOE sobre el calendario laboral de 2024, el Día de la Inmaculada Concepción se traslada al lunes 9 de diciembre en siete autonomías, entre las que se encuentran Andalucía, Aragón, Asturias, Castilla y León, Extremadura, Murcia y Melilla.

Así, en estas comunidades, los residentes disfrutarán de un 'puente' de cuatro días festivos consecutivos, del viernes 6 al lunes 9 de diciembre. Por el contrario, en el resto de comunidades, el lunes 9 de diciembre será un día laborable, dejando a sus habitantes con un fin de semana largo de tres días.

¿Qué ocurre en Ceuta con el puente de diciembre?

Como ha repetido el propio consejero de Presidencia, Alberto Gaitán, en más de una ocasión coincidiendo con los debates plenarios sobre el calendario laboral de Ceuta, se acordó no pasar los festivos nacionales que coincidiesen en domingo al lunes siguiente para contar con el mayor número posible de celebraciones locales.

Precisamente, una coincidencia que se dará en diciembre ya que la Inmaculada (día 8) caerá este año en domingo y no se se trasladará a otro laboral inmediato que sería el lunes 9.

La conformación del calendario laboral

La gestión del calendario laboral corresponde a las comunidades autónomas, que pueden designar hasta cuatro días festivos regionales adicionales a los ocho días festivos nacionales.

De estos ocho, algunos son de carácter obligatorio y no sustituibles, mientras que otros pueden ser reemplazados por festividades tradicionales propias de cada región.

Además, las comunidades tienen la opción de trasladar festivos nacionales que coincidan en domingo, evitando su pérdida.

En total, el Estatuto de los Trabajadores garantiza 14 días festivos al año para todos los trabajadores: ocho días festivos nacionales (sean obligatorios o sustituibles), cuatro gestionados por las comunidades autónomas y dos adicionales de carácter local, establecidos por cada ayuntamiento.

 

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