El Pleno de la Sala Social del Tribunal Supremo ha emitido un fallo que unifica criterios sobre el abuso de temporalidad en las Administraciones Públicas. Así lo han adelantado medios como La Vanguardia y RTVE con información también de interés para Ceuta.
Según las publicaciones, la sentencia a la que se hace mención establece que la conversión en personal fijo no será automática para todos los trabajadores, sino que estará estrictamente ligada al cumplimiento de los principios constitucionales de igualdad, mérito y capacidad.
Se destaca que esto ocurre tras reiteradas amonestaciones del Tribunal de Justicia de la Unión Europea (TJUE), que ha señalado a España por carecer de medidas efectivas para sancionar el encadenamiento injustificado de contratos temporales en el sector público.
De acuerdo con el Alto Tribunal, solo un grupo específico de trabajadores podrá reclamar judicialmente su condición de personal fijo, concretamente aquellos que hayan superado un proceso selectivo previo (oposición o concurso-oposición) para plazas indefinidas, pero que en su momento no obtuvieron plaza por falta de cupo.
Si tras aprobar dicho examen el trabajador continuó prestando servicios mediante la concatenación de contratos temporales, el tribunal entiende que se debe reparar el abuso otorgándole la plaza permanente.
El Supremo aclara que otorgar la fijeza a quienes no han pasado una prueba selectiva sería "contra legem" (contrario a la ley) y vulneraría el acceso al empleo público del resto de los ciudadanos.
Según lo que se explica en las publicaciones, la sentencia también define de forma clara cuándo se considera que existe un uso abusivo de la contratación:
Para los trabajadores en situación de abuso que no cumplen el requisito de haber aprobado una oposición, el Supremo establece un sistema de indemnizaciones reparadoras. Estas compensaciones son dobles y no excluyentes:
Compensación por daños morales: destinada a resarcir la precariedad e incertidumbre sufrida. Como baremo orientativo, se proponen las cuantías de la Ley de Infracciones y Sanciones en el Orden Social, que se sitúan entre los 1.000 y 10.000 euros.
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