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La publicación de las listas de escolarización se retrasa

La verificación de la Renta Mínima de Inserción Social de las familias obliga a la modificación del calendario de admisión para el curso 2025-2026

El Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes ha publicado una modificación importante en el calendario de admisión de alumnos y alumnas en los centros públicos y concertados de Ceuta y Melilla para el curso 2025-2026.

El ajuste afecta al proceso de escolarización para el segundo ciclo de Infantil, Primaria, ESO y Bachillerato de cara al próximo año académico, e introduce nuevas fechas clave tras detectarse dificultades técnicas relacionadas con la verificación de la Renta Mínima de Inserción Social.

Con este cambio, la publicación de los listados provisionales de admitidos y excluidos se retrasa al 9 de junio.

Un cambio para garantizar igualdad entre las familias solicitantes

El motivo principal que ha llevado al Ministerio a modificar el calendario es la imposibilidad de verificar electrónicamente si una persona solicitante es beneficiaria de la Renta Mínima de Inserción Social, una situación que tiene implicaciones directas en el baremo de puntuación del proceso de admisión (6 puntos).

Para asegurar que ninguna familia se vea perjudicada por esta circunstancia, se ha establecido un nuevo plazo extraordinario para entregar la documentación acreditativa de este derecho.

Del 22 de mayo al 4 de junio de 2025, quienes aleguen estar recibiendo la Renta Mínima deberán presentar la documentación que lo justifique en el centro educativo que hayan marcado como primera opción, en las Comisiones de Garantía de Admisión o directamente ante la Administración educativa.

Consulte aquí el calendario modificado de admisión a centros para el curso 2025-2026

Nuevas fechas para listados, reclamaciones y matrículas

La modificación del calendario afecta a diversas etapas del proceso.

  • Comenzando por la escolarización de alumnado con necesidades específicas de apoyo educativo con dictamen, que se llevará a cabo del 2 al 12 de junio.
  • La publicación de los listados provisionales de admitidos y excluidos tendrá lugar el 9 de junio. Posteriormente, se abrirá un plazo de tres días hábiles para formular reclamaciones: el 10, 11 y 12 de junio. Los listados definitivos deberán estar listos antes del 17 de junio.
  • Los centros remitirán las solicitudes no atendidas a las Comisiones de Garantía, que se encargarán de reasignar plazas disponibles. Estas comisiones publicarán el 19 de junio tanto el listado provisional de alumnado reasignado como el inventario de centros con vacantes.
  • Del 20 al 24 de junio se habilita un nuevo periodo para presentar reclamaciones adicionales y para que las familias que no hayan obtenido plaza en ninguno de los centros solicitados puedan presentar una solicitud complementaria.
  • La publicación definitiva de los listados con el alumnado admitido y excluido será el 25 de junio. Ese mismo día, se enviarán los listados a los centros escolares, que comenzarán a trabajar con las solicitudes del proceso extraordinario desde el 26 de junio.

Fechas de matriculación y proceso extraordinario

Las familias deberán tener en cuenta las nuevas fechas para formalizar la matrícula en los centros educativos. Para Educación Infantil y Primaria, el plazo ordinario será del 24 al 30 de junio. En el caso de la Educación Secundaria, el periodo de matriculación se extenderá del 1 al 15 de julio de 2025.

Además, el 30 de junio se hará pública la relación de solicitudes fuera de plazo, duplicadas o con errores. Para estos casos, así como para el alumnado incluido en el proceso extraordinario, se abrirá un periodo de matriculación adicional a comienzos de septiembre.

Por otro lado, todos los centros deberán remitir a la Dirección Provincial, antes del 27 de octubre de 2025, un informe con los alumnos que no continúan en el centro y cuya documentación académica no ha sido solicitada por ningún otro centro. Este control busca detectar posibles situaciones de desescolarización o absentismo.

Reproducción

Procedimiento para alumnado con necesidades educativas

La resolución también autoriza a las Direcciones Provinciales de Ceuta y Melilla a establecer procedimientos y plazos específicos para la escolarización del alumnado con necesidades especiales que, según el dictamen, deban ser derivados a aulas específicas de educación especial o a centros especializados. En caso de que haya más solicitudes que plazas, el proceso de baremación seguirá los mismos criterios que el resto del alumnado.

Posibilidad de recurso por la escolarización

Como toda resolución administrativa, esta modificación puede ser recurrida. Las familias o personas interesadas podrán presentar recurso de alzada ante el Secretario de Estado de Educación conforme al artículo 121 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre.

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