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Se prorroga el cierre de los pasos fronterizos de Ceuta y Melilla hasta el 30 de septiembre

El Boletín Oficial del Estado publica la orden ministerial también relativa a las restricciones para viajar a España

Las restricciones a viajes no esenciales de ciudadanos de terceros países de fuera de la Unión Europea o del espacio Schengen se han ampliado hasta el próximo 30 de septiembre con motivo de la crisis sanitaria del coronavirus.

El Boletín Oficial del Estado (BOE) publica este miércoles una nueva prórroga de la orden de restricción temporal de viajes no imprescindibles, aprobada en julio, y que se ampliará hasta las 24 horas del último día de septiembre. Se mantiene el cierre, con carácter temporal, de los puestos terrestres habilitados para la entrada y la salida de España a través de las ciudades de Ceuta y Melilla.

Quedan exentos de estas restricciones los residentes habituales en la UE, estados Schengen, Andorra, Mónaco, El Vaticano o San Marino que se dirijan a ese país.

También los titulares de un visado de larga duración expedido por un estado miembro o asociado Schengen que vayan a ese país, profesionales de la salud, investigadores sanitarios y profesionales del cuidado de mayores, personal de transporte, diplomáticos, estudiantes o personas que viajen por motivos familiares imperativos debidamente acreditados, entre otros.

La condición que se pone es que los ciudadanos tienen que llegar a España directamente de esos países o, al menos, de otro de los países en la lista. Por ejemplo, si una persona es de Australia pero en vez de llegar a España a través de su país lo quiere de hacer de los no recomendados (véase Estados Unidos o Marruecos, por ejemplo), no podrá hacerlo.

También existe una excepción a todas las entradas: que sean profesionales de la sanidad, de organizaciones humanitarias, investigadores, cuidado de mayores, militares u organizaciones internacionales o personal diplomático.

La Recomendación (UE) 2020/912 del Consejo, de 30 de junio, sobre la restricción temporal de los viajes no esenciales a la Unión Europea y el posible levantamiento de dicha restricción, estableció un listado de terceros países cuyos residentes quedaban exentos de las restricciones de viaje a la Unión Europea, así como un conjunto de categorías específicas de personas también exentas de esas restricciones, independientemente de su lugar de procedencia. Esta Recomendación ha sido modificada en sucesivas ocasiones para ir reduciendo el listado de terceros países en vista del empeoramiento de la situación epidemiológica en varios de ellos.

 

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