La titular del Juzgado de Instrucción número 4 ha dictado una medida cautelar de carácter penal contra una maestra del Colegio Concertado San Agustín en virtud de la cual prohíbe a la docente acercarse a menos de 100 metros de cinco menores tras ser denunciada por padres por “un presunto delito de maltrato”.
La magistrada considera que “existe una situación objetiva” de riesgo para las víctimas que hace “necesaria” esa medida cautelar, que se extenderá hasta que concluya el procedimiento judicial iniciado. La maestra, cuya identidad responde a las iniciales A. G., no podrá acercarse a domicilios de los menores ni a su centro escolar o a “cualquier otro lugar donde se encuentren”. También le queda vetado “comunicarse, directa o indirectamente”, por escrito de forma visual, con ellos “por cualquier medio de comunicación, informático o telemático”. La Justicia investiga la comisión de “tratos degradantes” a varios alumnos de 3 años del Colegio San Agustín. Hasta la fecha la juez instructora considera que “existen indicios racionales” de la comisión por parte de la docente de “un delito de maltrato habitual”. “Todas” las testificales han reconocido que un menor era introducido en un cubo de basura (según la denunciada, solo una vez) o “atado a una silla de paseo de bebé con sus sujeciones propias” como “método de castigo”. La maestra ha negado, sin embargo, “agresiones físicas” como “fuertes” azotes o tirones de orejas pese a que una técnico de apoyo ha corroborado que empleaba el castigo físico “como método correctivo o sancionador”.
La juez ha reseñado en su resolución que el Colegio “se limitó a realizar un apercibimiento verbal” a la docente pese a ser “conocedor” del incidente del cubo de basura y de haberlo considerado “un hecho muy grave”. El centro “no comunicó” el suceso a la Inspección e incluso lo “negó” al ser preguntado ”expresamente” al respecto.