Procesa prevé publicar este lunes, 27 de abril, en una edición extraordinaria del Boletín Oficial de la Ciudad Autónoma (BOCCE), las bases reguladoras para la concesión de subvenciones a empresas y autónomos con problemas de liquidez como ayudas de emergencia a fondo perdido para responder al impacto económico de la COVID-19 en Ceuta. El plazo de presentación de solicitudes quedará abierto, por tanto, desde el martes y hasta el 30 de septiembre, aunque previsiblemente los diez millones de euros con los que está dotado el ‘Ceuta Resiste’ se agotarán antes.
Fuentes de la Sociedad de Fomento aseguraron este viernes que “todas” las peticiones de apoyo que se reciban serán atendidas. “Si no hay presupuesto se repartirá proporcionalmente, pero calculamos que con los 8 millones asignados a la primera línea de ayudas se podrán satisfacer al menos un mes íntegramente todas las solicitudes que se registren y a partir de ahí quizá haya que repartir”, avanzaron.
Esa línea de ayudas está dirigida a autónomos y microempresas (sociedades que ocupan a menos de 10 personas y cuyo volumen de negocios anual o balance general anual no excedan de 2 millones de euros) y quedará condicionada “al mantenimiento de la actividad”. Se cuantificarán “en función del número de trabajadores que se mantengan de alta durante los seis meses siguientes a la finalización del Estado de Alarma decretado por el Gobierno de España”.
De entrada se ha establecido una cuantía máxima mensual para beneficiarios sin trabajadores a su cargo de 1.441 euros, cantidad equivalente al 100% del Salario Mínimo Interprofesional vigente más el coste de las cuotas a la Seguridad Social calculado como el 30% de la base de cotización. En caso de actividad a tiempo parcial, la ayuda a percibir será “proporcional al número de horas de alta en la misma”.
Los peticionarios con trabajadores a su cargo percibirán una cuantía máxima equivalente “incrementada de manera proporcional al número de trabajadores que permanezcan en la empresa durante los seis meses siguientes a la finalización del Estado de Alarma” y el beneficiario estará obligado “a mantener, en número, los puestos de trabajo que se consideren a efectos del cálculo de la ayuda”.
Por cada trabajador con contrato indefinido a tiempo completo o autónomo colaborador se aumentará la ayuda total a percibir mensualmente en un 25% de la cantidad mensual calculada para autónomos y microempresas sin trabajadores. Es decir, 360 euros por trabajador o autónomo colaborador.
Finalmente, por cada trabajador con contrato indefinido a tiempo parcial o autónomo colaborador a tiempo parcial, el aumento de la ayuda, calculada conforme al párrafo anterior, será “proporcional al número de horas de alta”.
Los beneficiarios podrán ser: autónomos y microempresas que se hayan visto forzados a paralizar su actividad por el Estado de Alarma o que, sin llegar a tanto, puedan demostrar pérdidas de ingresos por las medidas instauradas que amenacen su supervivencia por falta de liquidez; y concesionarios de los Mercados de abastos y taxistas.
Se excluye expresamente a varias actividades empresariales (y a todas las profesionales) siempre que su facturación, durante el ejercicio 2019, fuera superior a 60.000 euros si no cuentan con trabajadores a su cargo.
Procesa ha decidido dedicar 2 millones de euros, diez veces más de lo estipulado inicialmente, a una línea de ayudas que para los autónomos y empresas (micro o pymes) cuya cifra anual de negocios no supere dos millones de euros y que hayan concertado una operación sujeta a la Línea de Avales del Real Decreto-Ley 8/2020 para facilitar acceso al crédito y liquidez y hacer frente al impacto económico y social de la COVID-19 manteniendo actividad durante el primer trimestre del presente ejercicio, hasta el día 14 de marzo.
La cuantía a percibir por los beneficiarios de estas subvenciones se calculará “en función del coste financiero de las operaciones de crédito concertadas” y su montante “será igual al 80% de los intereses devengados por la operación de crédito a lo largo de todo el periodo de amortización de esta”.
Serán compatibles con “cualquier otra subvención, ayuda, ingreso o recurso procedente de otras Administraciones o entes, públicos o privados, regionales, nacionales, de la Unión Europea o de organismos internacionales”, siempre que el importe total “no supere el límite de intensidad fijado en la normativa aplicable”.
Además, la Ciudad Autónoma ha decidido que “será compatible la presentación de solicitudes de ayudas a las dos líneas” que componen el plan ‘Ceuta Resiste’ activado por el Ejecutivo de Vivas.
Las solicitudes deberán cumplimentarse vía telemática siguiendo el procedimiento de tramitación establecido en el Gestor de ayudas de Procesa en la página de la sociedad municipal. Todas las peticiones de personas físicas o jurídicas deberán incluir la solicitud de ayuda según modelo normalizado, el DNI o CIF del solicitante, el DNI del representante o administrado, la autorización de representación del firmante de la solicitud, una acreditación de titularidad de cuenta bancaria, y un certificado de estar al corriente de pago con Hacienda y la Seguridad Social.
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