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Seis meses de prisión por apedrear un coche de la Policía

La magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 2  de Ceuta condenó ayer a un joven por un delito de atentado, después de que reconociera haber arrojado piedras a la Policía Nacional en las inmediaciones de la barriada del Príncipe Felipe. Los hechos se produjeron en abril de este año, cuando componentes del CNP que iban a proceder al registro de un coche fueron recibidos a piedras.
El llamado S.B. reconoció los hechos, aplicándose la figura jurídica de la conformidad que evitó la celebración de la vista judicial señalada. La pena impuesta, tras el acuerdo entre el Ministerio Fiscal y la Defensa, fue de 6 meses de prisión, que quedó en suspenso durante un periodo de dos años con la advertencia de que en ese tiempo no puede incurrir en la comisión de otro delito. La pena es firme y contra la misma no cabe interposición de recurso al haber un reconocimiento explícito del delito.
El apedreamiento en cuestión se produjo en torno a las siete de la tarde del pasado 29 de abril y fue dirigido contra una patrulla de la Policía que estaba desarrollando un servicio.

Juzgado por resistencia y desobediencia a la Policía tras poner una denuncia

La magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 2 dejó ayer visto para sentencia el juicio seguido por delito de resistencia y desobediencia grave a la autoridad contra una persona a la que se le acusa de insultar a los agentes de la Policía Nacional tras acudir a la sede policial del Paseo de Colón para interponer una denuncia.
Según consta en el escrito del Ministerio Fiscal, entre los insultos que efectuó contra los policías se incluyeron frases despectivas como las de “no sé para qué quieres la placa” o “no valéis para nada” además de “vete a tomar por el culo”. El acusado terminaría detenido después de resistirse a la actuación de la Policía. Fiscalía pide que le sea impuesta una pena de 18 meses de multa, a razón de 12 euros diarios por ambos delitos, mientras que la Defensa reclama su absolución al considerar que no existió ni una resistencia ni tampoco una desobediencia ante los efectivos de la Policía.
Los hechos enjuiciados se produjeron en abril de este año, en pleno estado de alarma y con las medidas de confinamiento impuestas debido a la situación sanitaria del país.
Tras la celebración de la vista judicial quedó visto para sentencia.

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