Otra mula del hachís. Un hombre de 36 años ha sido condenado por un delito contra la salud pública tras ser sorprendido cuando intentaba embarcar en la estación marítima de Ceuta con hachís oculto en su cuerpo.
El titular de la plaza número 2 de la Sección de lo Penal del Tribunal de Instancia de Ceuta dictó sentencia condenatoria después de que el acusado reconociera los hechos que se le imputaban durante una comparecencia celebrada por videoconferencia.
El ahora condenado aceptó una pena de un año y ocho meses de prisión y el pago de una multa de 6.837 euros. En caso de impago, la sentencia contempla una responsabilidad personal subsidiaria de tres días.
La pena privativa de libertad ha quedado suspendida durante dos años, por lo que el condenado no tendrá que ingresar en prisión siempre que durante ese periodo no vuelva a delinquir y cumpla las condiciones impuestas por la autoridad judicial.
El acuerdo alcanzado entre la Defensa y el Ministerio Fiscal evitó la celebración del juicio oral. La conformidad fue posible después de que el acusado admitiera su participación en los hechos y aceptara la pena solicitada.
Los hechos se remontan al pasado 3 de mayo, cuando el ahora condenado se encontraba en la estación marítima de Ceuta con la intención de embarcar en un buque con destino a Algeciras.
Los hechos a los que se hizo referencia en esta conformidad ocurrieron sobre las 10:20 horas el hombre levantó las sospechas de los agentes de la Guardia Civil que prestaban servicio en el control de pasajeros.
Ante esta situación, los agentes le indicaron que debía someterse a un registro corporal externo en una zona habilitada para ello, actuación a la que accedió voluntariamente.
Durante la inspección, los guardias civiles localizaron adosado a su espalda un bloque de hachís de color marrón que, tras ser analizado, arrojó un peso bruto de 1.007 gramos.
El análisis de la sustancia determinó un índice de THC del 43,7 %. Asimismo, los peritos estimaron que la droga intervenida habría alcanzado un valor de 6.837 euros en el mercado ilícito.
La sentencia considera acreditado que el acusado transportaba la sustancia con la intención de destinarla a su venta o distribución a terceras personas, motivo por el que ha sido condenado por un delito contra la salud pública.
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