La magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 1 de Ceuta ha condenado a 3 años y medio de prisión al llamado A.H.A., a quien la Guardia Civil lo detuvo el 26 de enero de este año cuando pretendía embarcar con destino a Algeciras ocultando 25 kilos de hachís en el interior del salpicadero del vehículo que ocupaba. En el registro se hallaron hasta 54 bloques de esta droga además de casi 36 gramos de kifi.
El acusado negó conocer la existencia de la droga, admitiendo que lo único que había acordado era la introducción de kifi y unas pipas, manteniendo que había sido engañado por un amigo de su padre, dueño real del vehículo y que nunca fue localizado por el Instituto Armado, encontrándose de hecho en busca y captura.
Las “meras alegaciones exculpatorias” no han servido para tumbar la carga de la prueba, resultando ser “inaceptables desde la lógica de las cosas, el sentido común o las reglas de la experiencia”. Mantiene la magistrada, en la sentencia a cuyo contenido íntegro ha tenido acceso El Faro de Ceuta, que nadie “arriesga una mercancía tan valiosa como la interceptada si no controla la persona que conduce el vehículo y el destino”.
El hallazgo de la droga en el coche que conducía el acusado unido a la falta de una explicación mínimamente creíble y corroborada por datos objetivos, conduce a tener por probada la pretensión acusatoria. El acusado narró un auténtico culebrón con el que pretendía sostener su inocencia. Residente en Sevilla, dijo que se había desplazado a Ceuta con su coche para vendérselo a otra persona por poco más de mil euros. Dinero este con el que pagaría un tratamiento para tener un hijo con su pareja. Una vez vendido su coche, volvió a Sevilla utilizando el vehículo de un amigo de su padre, precisamente en el que la Guardia Civil encontró la droga.
En esta causa ha permanecido acusado el hombre que compró el coche propiedad de A.H.A., pero en el acto de juicio oral celebrado la semana pasada se le puso en libertad toda vez que el Ministerio Fiscal retiró la acusación, dictándose sentencia in voce de inmediato.
La pena aplicada para A.H.A. se corresponde con la comisión de un delito contra la salud pública que no causa grave daño a la salud, en su modalidad de notoria importancia.
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