El titular del Juzgado de lo Penal número 2 de Ceuta condenó a A.M. por 3 delitos contra la seguridad vial y atentado.
El acusado reconoció los hechos y aceptó las diferentes penas: por el primer delito contra la seguridad vial 9 meses de multa a razón de 12 euros diarios, por la conducción temeraria un año y 3 meses de prisión y por conducir sin carné la pena de 18 meses de multa a razón de 10 euros diarios. Además no podrá conducir vehículos a motor por un periodo de 6 años.
Asimismo, por el delito de atentado, el acusado deberá cumplir la pena de 1 año y 9 meses de prisión. El ahora condenado deberá indemnizar en la cantidad de 210 euros al agente herido, así como, en la cantidad que se determine en ejecución de sentencia, a la Ciudad Autónoma por los daños ocasionados en el vehículo policial y en el mobiliario urbano.
Los hechos a los que se hizo referencia en esta conformidad ocurrieron el 29 de noviembre del año pasado. Sobre las 01:30 horas, el acusado conducía bajo los efectos del alcohol por la avenida Teniente Coronel Gautier a gran velocidad, motivo por el cual los agentes de la Policía Local, que iban perfectamente uniformados, decidieron darle el alto en reiteradas ocasiones.
No sólo no detuvo la marcha sino que aceleró
El acusado, con ánimo de menoscabar el principio de autoridad que dicho funcionario representa, no sólo no detuvo la marcha sino que aceleró, teniendo que apartarse uno de los agentes para no resultar atropellado.
En la huida fue perseguido por los agentes de la Policía Local, procediendo a darle el alto con señales acústicas y luminosas pero eso no sirvió para nada ya que el acusado siguió con la marcha teniendo dichos agentes que maniobrar con el vehículo policial para evitar la colisión chocando con el bordillo y causándole daños al coche.
Ante la conducta del acusado, se siguió con la persecución a los efectos de proceder a su detención, realizando una conducción a velocidad excesiva, poniendo en peligro a los diferentes usuarios de la vía, incluidos los funcionarios actuantes.
Finalmente, el acusado, dada la velocidad excesiva a la que conducía y a los efectos de las bebidas alcohólicas ingeridas, en la rotonda de acceso a la barriada Erquicia perdió el control del vehículo que conducía y colisiono con la barandilla que da protección a la zona peatonal, la cual resulto dañada.
Cuando el agente de la Policía Nacional se aproximó al vehículo, el acusado, con ánimo de menoscabar el principio de autoridad que éste representa y de menoscabar su integridad corporal, golpeó con la puerta en la cara del policía.
Come tu alimento con regocijo y bebe tu vino con buen corazón”, dice Eclesiastés 9:7.