La Sección de Apelación Penal de la Sala de lo Civil y Penal del Tribunal Superior de Justicia de Andalucía (TSJA) ha rebajado una pena de 5 años de prisión a 2 años y diez meses por el delito contra la libertad sexual atribuido a J.J.C.D. contra una menor cuando residía en Los Barrios, aunque es natural de Ceuta.
La sentencia había sido dictada por la Sección Séptima de la Audiencia Provincial de Cádiz, con sede en Algeciras. Pero ahora el TSJA ha rechazado el recurso presentado por la defensa del condenado, en el que alega error en la valoración de la prueba e infracción del precepto legal, si bien señala que el artículo del Código Penal aplicado no es el que corresponde.
En concreto, indica el documento, "la sentencia de instancia aplicó el artículo 183 del Código Penal en la redacción introducida por la L.O. 5/2010, que entró en vigor el 23 de diciembre de 2010", pero "es más que probable" que los hechos se produjeran antes de esa fecha.
"En este periodo la conducta enjuiciada estaba tipificada en el art. 181.1, 2 y 4, en relación con el art. 180.3ª y 4ª, del Código Penal, en la redacción introducida por la L.O. 11/1999, de 30 de abril, que establecía para los abusos sexuales sobre menores de trece años con prevalimiento de una relación de superioridad, al ejercer el acusado la autoridad paterna en la familia, la pena de prisión de uno a tres años o multa de dieciocho a veinticuatro meses", aclara la sentencia.
Los hechos ocurrieron cuando la menor tenía entre 10 y 12 años
Según se describe en la misma, el acusado, convivía con su esposa, con la hija de ésta y con otro hijo común, también menor de edad, en Los Barrios cuando tuvieron lugar los hechos, entre 2009 y 2012, cuando la chica tenía entre 10 y 12 años.
"En una fecha indeterminada, pero en todo caso, en el periodo de tiempo comprendido entre los años 2009 y 2012", explica la sentencia, el acusado, "aprovechándose del vínculo familiar que les unía y guiado por el propósito de satisfacer su deseo libidinoso, en dos momentos en que se encontró asolas con ella en el domicilio citado, le realizó tocamientos por todo el cuerpo".
Llegó a besarla en la boca "usando su lengua e igualmente, con igual ánimo, cogió la mano y se la pasó por el pene moviéndola simulando una masturbación, todo porencima de la ropa", continúa. Cuando eso ocurría, la niña "permanecía inmóvil, sin saber cómo actuar, debido a suedad y ante el temor del daño que pudiera provocar en su familia".
"Igualmente en otra ocasión, el acusado subió a la menor a horcajadas encima de él y comenzó a restregarse con ella hasta que llegó a eyacular, manchando la ropa de semen, a lo que ella reaccionó marchándose corriendo del lugar y encerrándose en el baño", relata.
Como consecuencia de esto, la niña presenta sintomatología de tipo postraumático, tales como pensamientos intrusivos en relación a los hechos, alteraciones negativas cognitivas y del estado de ánimo, pensamientos negativos y sentimientos de culpa, así como irritabilidad, lo que le ha llevado a seguir tratamiento terapéutico psicológico.
Que barato le ha salido haberle desgraciado la vida a esa pequeña, donde están los proges para denunciar está anomalia