La magistrada titular del Juzgado de lo Penal número 1 condenó este martes a un año de prisión a un interno del Centro Penitenciario de Ceuta por incurrir en un delito contra la salud pública cuando cumplía condena. El llamado M.A.L.A., tras reconocerse autor de los hechos, aceptó una pena de 12 meses de prisión y el pago de una multa de 527,36 euros y 3 días de prisión en caso de impago.
El acusado, mayor de edad y sin antecedentes penales, estaba el 6 de febrero de 2019 interno en el Centro Penitenciario de Ceuta cuando, con motivo de un control al finalizar una comunicación familiar con su mujer, A.A.M., también mayor de edad y sin antecedentes, los funcionarios de prisiones le hicieron un reconocimiento corporal en el que le hallaron hachís oculto.
La acusada, contra la cual la Fiscalía retiraba la acusación y pedía su absolución, facilitó al interno hachís “con el fin de que destinara esta sustancia a su venta o donación a otros internos del establecimiento penitenciario”, según se concluyó en un principio.
El análisis de la sustancia estupefaciente hallada al acusado arrojó un peso neto de 340,27 gramos con un índice de tetrahidrocannabinol (THC) que oscila entre el 24,32 y el 24,78 por ciento y con un valor de mercado de 527,36 euros.
Al comienzo de su intervención, el fiscal solicitaba retirar la acusación de A.A.M. y no aplicar la condición de agravante al hecho delictivo para M.A.L.A. al no quedar probado que esa droga fuera para venta a terceros dentro de la propia cárcel. Tras un encuentro familiar, se le encontró la droga después de un cacheo, pero se eliminó la agravante dejándose el tipo básico porque todavía la droga no había empezado a circular por el centro. De esta forma, al no demostrarse que se pretendiera vender la droga dentro de la cárcel se rebajó la pena a un año alcanzándose una conformidad entre las partes.
El acusado, presente también en el juicio, reconoció los hechos y aceptó la pena impuesta de 12 meses más de prisión que se le suma a la que ahora mismo está cumpliendo, mientras que la Defensa tampoco solicitó la suspensión del cumplimiento de la pena porque el acusado “sí tiene antecedentes y no hay lugar” a dicha petición. Para A.A.M. la jueza acordó su absolución.
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