Ceuta aparece mencionada en varias ocasiones en el informe anual que el Defensor del Pueblo elabora en su condición de Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura y otros Tratos o Penas Crueles, Inhumanas y Degradantes (MNP) y que este martes fue presentado en el Congreso por el titular de la institución, Ángel Gabilondo. Un balance que se corresponde con las visitas e informes realizados por equipos del mencionado mecanismo durante el año 2020 y que evidenció ciertas deficiencias en las instalaciones y protocolos, ya publicados por El Faro, en dependencias como la Compañía Fiscal de la Guardia Civil, el Palacio de Justicia, la Jefatura de la Policía Nacional, la cárcel de Ceuta y el centro de menores Punta Blanca. En muchos de estos casos se subsanaron las deficiencias registradas.
Entre los aspectos que en ese año se evaluaron estuvo también lo relativo a la situación y protocolos establecidos para el trato hacia las mujeres reclusas en Ceuta. Y es, precisamente, dentro de este informe que se recoge una denuncia (que fue contrastada también por el equipo con la Jefatura del CNP de aquel entonces) realizada por una presa de Mendizábal quien, según sus manifestaciones, refería que “durante una revisión ginecológica a la que había acudido trasladada desde el establecimiento penitenciario, había permanecido engrilletada y bajo la custodia de personal policial masculino”.
Sobre este asunto, el Defensor del Pueblo recordaba que “la ausencia de un protocolo policial en el que se pondere la prestación asistencial y la seguridad puede comprometer el derecho a la intimidad y la confidencialidad entre médico y paciente privada de libertad”. En ese sentido, se emitió una recomendación a la Dirección General de la Policía (que también es pública) y, según el informe presentado este martes, “se está a la espera de contestación”.
Cabe mencionar que, según la ficha de seguimiento de la visita realizada por tres técnicos del Mecanismo Nacional de Prevención de la Tortura (MNP), la recomendación realizada pedía “establecer un protocolo general de actuación en dependencias policiales en relación con la asistencia médica y ginecológica a las mujeres que están eventualmente privadas de libertad en calabozos, así como en el caso de los traslados realizados por agentes del Cuerpo Nacional de Policía desde centros penitenciarios a centros hospitalarios”.
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