El Ministerio de Justicia ha abierto la puerta a crear en la aplicación Dicireg del Registro Civil, con acceso también desde Ceuta, un archivo para inscribir a los nonatos fallecidos con posterioridad a los seis meses de gestación y antes del nacimiento “con indicación, en su caso, del nombre a imponer al nacido sin vida”.
Los progenitores podrán solicitar la inclusión de “fallecimientos producidos con posterioridad a los seis meses de gestación” que hubieran acaecido con anterioridad a la entrada en vigor de la Ley 20/2011 si se solicita durante los dos próximos años por parte de “cualquiera de los progenitores”.
Organizaciones feministas de toda España han mostrado su “profunda preocupación” ante la Instrucción de la Dirección General de Seguridad Jurídica y Fe Pública perteneciente al Ministerio de Justicia, que modifica la ley del Registro Civil de 2021, por la cual se crea un nuevo registro de ‘Declaración de nacidos sin vida’ que dará a esos nonatos “una apariencia de sujeto de derecho al otorgarles una personalidad jurídica”.
“Se da pábulo legal a una posición contraria al derecho vigente, en concreto, al artículo 30 del Código Civil, que establece claramente que ‘la personalidad se adquiere en el momento del nacimiento con vida, una vez producido el entero desprendimiento del seno materno”, ha criticado la abogada Nuria González.
Desde su punto de vista, “este ‘pseudo reconocimiento’ de personalidad jurídica a los nacidos sin vida, sin importar el tiempo de gestación, supone una amenaza real al derecho al aborto y un avance en las posiciones contrarias históricamente a los derechos sexuales y reproductivos de las mujeres”.
“Aunque no siempre resulta traumático, entendemos que, si los protocolos médicos en las situaciones de aborto involuntario en un avanzado estado de gestación no están adaptados a las necesidades psicológicas, sanitarias y afectivas de las futuras madres, son estos protocolos los que deben revisarse y reforzar los apoyos al fenómeno de duelo que pueda devenir de la frustración del embarazo deseado, pero en ningún caso debe utilizarse el Registro Civil, para validar una ficción jurídica que amenaza directamente el derecho al aborto de todas las mujeres”, argumentan las organizaciones feministas.
“También resulta sorprendente que la instrucción incluya una retroactividad de 2 años cosa totalmente insólita y de dudosa legalidad ya que esa figura esta prevista para leyes penales en las que sea de aplicación un beneficio para el reo”, han añadido.
Es increíble lo que pueden decir organizaciones feministas sin tener ni idea. Esto es opcional y para muchos es un paso adelante, poder inscribirlo y que mi hijo “exista” en el sistema. Simplemente eso, darle notoriedad a mi hijo, darle su lugar también. Que tendrá eso que ver con el derecho al aborto. No es obligatorio inscribirlo. Dejen al resto del mundo seguir su vida como quieran y puedan, feministas.