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Plan de Navidad: menos de 10 comensales, restringir más la movilidad entre autonomías y por la noche

El Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS), en el que ha participado el consejero de Sanidad, Javier Guerrero, ha acordado que las ciudades y comunidades autónomas podrán endurecer las restricciones en las fiestas navideñas ante la ralentización del descenso de casos en distintos territorios de España.

En su comparecencia tras el Consejo Interterritorial, el ministro de Sanidad, Salvador Illa, ha explicado que en Navidad se ha permitido ser más estricto a las autonomías que lo consideren oportuno en base a su situación epidemiológica. Podrán restringir a menos de diez los comensales, restringir más la movilidad entre autonomías así como la movilidad nocturna.

El consejero de Sanidad de Ceuta expondrá en las próximas horas la postura de su Gobierno de cara a las fiestas navideñas. La prórroga del último decreto de restricciones termina el próximo 20 de diciembre con las siguientes medidas en vigor: toque de queda a las 23:00 horas, reuniones de 4 personas y restricción en la movilidad a la Península solo para casos muy concretos y fundamentados. Por su parte, la Junta de Andalucía, como puerta de acceso de los ceutíes a la Península, también determinará si intensifica las restricciones.

Las medidas aprobadas hace dos semanas

Entre las medidas aprobadas hace dos semanas y que se mantienen salvo decisión de cada autonomía están retrasar el límite a la movilidad nocturna en Nochebuena y Nochevieja hasta la 1.30 horas; el cierre perimetral de las comunidades en todo el periodo navideño, salvo para desplazamientos de familiares y allegados; y cenas y comidas de no más de 10 personas el 24, 25 y 31 de diciembre y el 1 de enero.

Pero las medidas planteadas entonces se diseñaron de acuerdo con la situación de entonces, cuando se encadenaban semanas de tendencia descendente de los contagios, pero en los últimos días, según justifica Sanidad, se ha producido una ralentización generalizada en el descenso de la incidencia e incluso ha subido en algunos territorios.

Las autonomías deberán remitir diariamente al Ministerio los datos de vacunación frente a la COVID-19

El ministro de Sanidad ha informado este miércoles en el Consejo Interterritorial del Sistema Nacional de Salud (SNS) del sistema de información a través del cual todas las autoridades sanitarias autonómicas deberán facilitar la información referente a la vacunación frente a la COVID-19.

De esta forma, en la Resolución de la Dirección General de Salud Pública, emitida hoy, se establece que las autonomías deberán remitir diariamente al Ministerio los datos de la vacunación llevada a cabo en todos los puntos de cada territorio, en línea con la obligación de información establecida en el artículo 23 del Real Decreto Ley 21/2020, de 9 de junio, de medidas urgentes de prevención, contención y coordinación para hacer frente a la crisis sanitaria ocasionada por la COVID-19, y en el artículo 65 bis de la Ley 16/2003, de 28 de mayo, de cohesión y calidad del SNS.

En la Resolución se incluye la ficha con los datos que se deberán rellenar por cada una de las personas vacunadas como son la fecha de nacimiento y el lugar de residencia, el tipo de vacuna, fabricante y lote así como el motivo de vacunación.

El procesamiento estadístico de estos datos y su representación geográfica se considera un elemento de gran utilidad en el seguimiento de la pandemia y en la toma de decisiones para su afrontamiento por las administraciones  sanitarias. Además, el tratamiento de los mismos permitirá a emisión de certificados a solicitud del interesado, garantizándose siempre las medidas de seguridad en materia de protección de datos.

Pruebas de detección rápida de anticuerpos por inmunocromatografía

Otro de los temas tratados hoy en el Consejo Interterritorial es el de las pruebas de detección rápida de anticuerpos por inmunocromatografia, los test de autodiagnóstico. Dicho órgano ha acordado recomendar a los/las profesionales de los servicios de salud (médicos y odontólogos) la no prescripción de las mismas y llevar a cabo cuantas acciones de comunicación y concienciación resulten precisas para informar claramente a la ciudadanía de la naturaleza y las limitaciones de las citadas pruebas y de los riesgos para la salud de una incorrecta interpretación de sus resultados.

La Ponencia de Alertas, Planes de Preparación y Respuesta dependiente de la Comisión de Salud Pública adoptó ayer por unanimidad un posicionamiento común ante su comercialización para el autodiagnóstico de infección por SARS- CoV-2 (COVID-19). Entre otras conclusiones, la citada Ponencia estableció que dichas pruebas no están indicadas para diagnosticar y por tanto no deben ser utilizadas con este fin ni en personas con síntomas ni en individuos asintomáticos.

En particular, la Ponencia señala que éstas tienen, además, un rendimiento menor que las técnicas que se realizan en los laboratorios con sangre obtenida por venopunción. En consecuencia, la Ponencia acordó que en la Estrategia de Detección Precoz, Vigilancia y Control de COVID-19 no se incluyeran como prueba válida para el diagnóstico de esta infección, indicando que las autoridades de Salud Pública no valorarán ni tendrán en cuenta ningún resultado obtenido mediante estas pruebas.

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