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El personal sanitario y docente de la Ciudad no podrá teletrabajar

La consejera de Hacienda del Gobierno de Ceuta, Kissy Chandiramani, ha publicado este martes en el BOCCE un nuevo Decreto para regular la modalidad de teletrabajo para los empleados de la Ciudad en el que subsana la “falta de motivación” apreciada por el Juzgado de lo Contencioso-Administrativo número 2 local en la normativa publicada a finales de 2020 a la hora de excluir al personal sanitario y docente de esa fórmula para desarrollar sus funciones a distancia.

Los miembros de ambos colectivos seguirán teniendo que acudir presencialmente a sus puestos, como aquellos empleados públicos que ocupan un puesto reservado a funcionarios de habilitación de carácter nacional (secretaria general, interventor…), que no utilizan ningún tipo de herramienta informática en el desarrollo de las tareas encomendadas o que ocupan “relacionados con servicios cuya prestación efectiva solamente queda plenamente garantizada con la presencia física”.

En el caso de los sanitarios, su exclusión del teletrabajo se fundamenta en que realizan, entre otras tareas, “visitas de inspección, toma de muestras, análisis en laboratorio ó exámenes médicos, siendo para ello necesario la actividad presencial”, como en la Residencia de Mayores, la Unidad de Conductas Adictivas, etcétera.

Sobre los funcionarios docentes se argumenta que “las tareas que realizan fundamentalmente son de apoyo educativo en centros de menores que requieren la atención directa y presencial al tratarse de colectivos con dificultades y centros que deben ser atendidos 24 horas, no siendo posible la prestación de estos servicios mediante la fórmula del teletrabajo”.

La Ciudad reguló por primera vez el trabajo a distancia hace siete años, aunque su implementación se aceleró sobre todo por las medidas de restricción de la movilidad y la actividad que trajo consigo la pandemia en sus fases más críticas.

El teletrabajo no puede suponer “ningún incumplimiento de la jornada y el horario que corresponda en cada caso”. Para adherirse a esa modalidad cada empleado público tiene que estar “expresamente autorizado a través de criterios objetivos”.

En la administración local es obligatorio realizar “al menos un 80%” de la jornada de manera presencial salvo quienes esté catalogados “como especialmente sensibles por inmunodeficiencia o en tratamiento por cáncer” u otros condicionantes médicos y los sometidos a “cuarentena obligatoria en relación con la COVID-19” o para cuidar a personas menores o dependientes a su cargo.

El teletrabajo exige “residir en Ceuta” mientras se realice y “no tener una autorización o un reconocimiento de compatibilidad con otro puesto de trabajo o actividad”, entre otros requisitos y se puede cancelar “por rendimiento insuficiente” y otras causas debidamente justificadas. El empleado público debe poner “ordenador, línea ADSL, teléfono o similares” para trabajar desde su domicilio.

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