El Juzgado de lo Social número 1 de Ceuta ha dado la razón a UGT en el conflicto colectivo que interpuso para reconocer a los trabajadores de la concesionaria de la cocina del CETI, la empresa Vivera Atlántico Mediterráneo, su derecho a aplicarse el Convenio Colectivo de Restauración Colectiva, del que disfrutan desde septiembre, y no el de Hostelería, como antes.
El sindicato va a solicitar ahora que las consecuencias de ese fallo se extiendan con carácter retroactivo al 1 de julio de 2022, que es cuando se rubricó y entró en vigor el referido marco de relaciones laborales y salariales más beneficioso.
En un comunicado, la central ha recordado que el Ministerio de Inclusión Social, Seguridad Social y Migraciones ofertó mediante concurso y adjudicó en febrero de 2020 a 'Vivera' la adjudicación del servicio de elaboración y reparto de comidas en el Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes (CETI) local.
Desde que se inició la prestación del servicio se aplicó a los trabajadores el Convenio Colectivo de Hostelería de Ceuta. En septiembre del año pasado, una vez el contrato fue atribuido de nuevo a la entidad demandada, se comenzó a usar el de Restauración Colectiva.
En el acto del juicio se determinó que dado que la vigencia de ese último data del 1 de julio de 2022 realmente el ámbito temporal del presente conflicto afecta tan solo a dos meses, un aparente error material, ya que deberían ser catorce.
Según UGT, “de la lectura del artículo 2 del Convenio Colectivo Estatal de Restauración Colectiva referente al ámbito funcional, a tenor de la actividad desarrollada por los trabajadores y la empresa demandada se infiere claramente que deben encuadrarse en el mismo”.
“Esta acción legal se hace en respuesta a la aplicación irregular del convenio colectivo y buscando garantizar el respeto de los derechos laborales de los trabajadores”, ha explicado la Federación de Servicios, Movilidad y Consumo (FeSMC-UGT), que ha advertido que seguirá “trabajando incansablemente en la defensa de los intereses de los trabajadores y en la promoción de condiciones laborales justas y dignas”.
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