La titular del Juzgado de Instrucción número 2 de Ceuta ha dictado varias sentencias desestimando las demandas de resolución contractual y de declaración de desahucio por expiración de plazo interpuestas por la sociedad pública Emvicesa contra cerca de 30 inquilinos de la promoción de viviendas en alquiler para jóvenes de Serrano Orive. La magistrada se suma, de esta forma, a los fallos promulgados en el mismo sentido durante las últimas semanas por sus homólogos de los Juzgados números 1, 5 y 6 de la ciudad autónoma.
En el caso del número 2, la jueza ha encontrado dos razones para quitar a la empresa municipal la razón.
En primer lugar, entiende que “no se ha acreditado la adopción por Emvicesa de la decisión de denegar la prórroga de los contratos”, por lo que a su juicio “quedaron automáticamente” extendidos por un año más “por disposición de la cláusula segunda de los mismos, tal y como venía ocurriendo desde su celebración” en 2010.
Para la última magistrada en pronunciarse hasta ahora sobre las demandas de lanzamiento de Emvicesa, más allá del Acuerdo Plenario de julio del año pasado el Consejo de Administración de la sociedad no adoptó hasta el pasado 27 de enero de forma expresa “instar las acciones legales oportunas para la resolución de los contratos de arrendamiento y desahucio de los inquilinos que incumplan los requisitos para ser adjudicatarios de la promoción”, es decir, “una vez transcurrido el plazo de preaviso de denegación de la prórroga”.
Además, recuerda que para no prorrogar los contratos era “imprescindible” el preaviso, que a su juicio la empresa pública no comunicó como debía. “Consta el intento de entrega los días 28 y 29 de noviembre de 2019 sin efecto y que, dejado aviso por el cartero, no se retiró la carta. Emvicesa debió entonces acudir a cualquier otro medio fehaciente, lo que no consta que hiciera”, concluye en favor de la parte demandada, cuya defensa está llevando el bufete ‘Lería y Martínez’.
Ninguno de los Juzgados se han pronunciado sobre el fondo del conflicto, que radica en la voluntad de la Asamblea de que las viviendas de Serrano Orive “cumplan con su finalidad, la de facilitar el acceso a la vivienda a nuestros jóvenes”, sacando de las mismas a quienes incumplen los requisitos de edad, ingresos o no tenencia en propiedad de una o más casas al margen de la adjudicada hace una década a precios fuera de mercado.
Todas las sentencias dictadas sobre la cuestión han sido recurridas por la otra parte ante la Audiencia Provincial, que en aplicación de la denominada jurisprudencia menor deberá resolver sobre el asunto de manera definitiva, aunque ya se acerca la fecha en la que Emvicesa podría tramitar, esta vez sí en plazo, nuevos preavisos de denegación de prórroga de los contratos que se han declarado válidos aún.
"La Justicia es un cachondeo" (lo dijo Pacheco).
No porque este juzgado haya decidido esto. Sino porque otro juzgado de la misma ciudad, en el mismo edificio, de la misma categoría, haya decidido lo contrario.
Blanco y negro, no puede ser.