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Oposiciones a la Policía Local en Ceuta: próximamente será el reconocimiento médico

Aunque el BOCCE de este martes aún no recoge la fecha en la que será la prueba, se designa a los facultativos de la Ciudad que colaborarán con el Tribunal

El Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta (BOCCE) de este martes ha publicado un decreto del consejero de Presidencia y Gobernación, Alberto Ramón Gaitán, del pasado 23 de abril, por el que se designan a los asesores médicos para la realización del reconocimiento médico recogido en la convocatoria para la provisión 15 plazas de Policía Local.

Una fase que próximamente deberán superar los aspirantes admitidos y excluidos para estas oposiciones de la Ciudad, aunque aún no se especifica cuándo será exactamente la prueba. De hecho, aclaran que la convocatoria para el reconocimiento médico "se hará a través del Tablón de Anuncios de la Dirección General de Recursos Humanos".

Con este decreto, se designa a Huneida Ahmed Tonsi y a José Maria Sánchez Romero, Médicos de la Ciudad Autónoma, como asesores médicos para la realización del reconocimiento médico recogido en la convocatoria para la provisión de quince plazas de Policía Local.

"Contra el presente acto, que agota la vía administrativa, se podrá interponer recurso potestativo de reposición ante el mismo órgano que lo ha dictado, en el plazo de un mes desde su notificación o, en su caso, desde su publicación, de acuerdo con los artículos 123 y 124 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas, que se podrá fundar en cualquiera de los motivos de nulidad y anulabilidad previstos en los artículos 47 y 48 de dicha Ley", recoge el documento.

Alternativamente, indica que se podrá interponer recurso contencioso-administrativo ante los Juzgados de lo Contencioso-administrativo de Ceuta, en el plazo de dos meses desde la notificación o, en su caso, publicación, de este acto, "de conformidad con el artículo 123 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas y los artículos 8.1 y 46 de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-administrativa".

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