Opinión

Las oposiciones docentes en Ceuta no se deben convocar

En cumplimiento del espíritu de la ley

El Gobierno de España, apoyado por una amplísima mayoría en las Cortes Generales, ha activado un proceso de estabilización del empleo público. Las tasas de temporalidad (en torno al 30% de las plantillas) son escandalosas y la propia Unión Europea ha intervenido drásticamente en el asunto, obligando a nuestro país a regularizar de inmediato lo que, sin duda, se trata de una grave anomalía.

En cumplimiento de este mandato, el Parlamento (el pasado mes de diciembre) aprobó un sistema de acceso a la función pública de carácter transitorio,que en sector de la enseñanza concreta en dos instrumentos complementarios: Por una lado, una nueva regulación del concurso oposición (reduciendo las pruebas, suprimiendo el carácter eliminatorio de estas, e incrementado el peso específico de la experiencia docente en el baremo de méritos); y por otro, la celebración de un “Concurso extraordinario” que permitiría en, determinados casos, obtener la condición de funcionario mediante la aplicación de un baremo (aún por definir).

Todas las plazas en el ámbito educativo, hasta el año 2024, se deben cubrir a través de este procedimiento que cuenta, además de la mayoría parlamentaria, con el aval de los sindicatos más representativos.

Sin embargo, y como sucede con relativa frecuencia, el ritmo político no coincide con el ritmo administrativo. La norma que debe regular el sistema de selección transitorio, establecido por la ley, aún no está en vigor (se encuentra en tramitación). Los plazos para lograr que las oposiciones de 2022 se celebren con el nuevo sistema están muy justos (pero es aún posible).

Lo que carece de sentido, y solo se puede calificar como una deslealtad institucional, una prevaricación en términos éticos, y una clara vulneración del espíritu de la Ley, es la actitud de las Comunidades Autónomas que, aprovechando el resquicio que les proporciona la “todavía” inexistente norma que regula el nuevo sistema, han decidido convocar oposiciones con el Decreto Antiguo. Es una forma torticera de torpedear el plan de estabilización. Una decisión lamentable.

CCOO, firmante del acuerdo con el Gobierno, considera que no se pueden celebrar oposiciones al amparo del decreto antiguo. Supone ir en contra del proceso de estabilización y perjudica muy gravemente los intereses de los trabajadores y trabajadoras de manera injusta (se les estaría privando por la vía de los hechos consumados de un derecho reconocido por ley).

Pero tampoco podemos aceptar que el MEFP se quede “sólo” convocando oposiciones por un sistema diferente al del resto de Comunidades (en especial las más próximas a Ceuta y Melilla, como es el caso de Andalucía). Este hecho, además de convertir el sistema en un circo (no se podría entender oposiciones de funcionarios públicos del mismo cuerpo con sistemas de acceso distintos), supondría un irreparable perjuicio para quienes aspiran a una plaza en Ceuta o Melilla (por el más que lógico aluvión de aspirantes de otros territorios).

Ante la irresponsabilidad demostrada por las Comunidades Autónomas que han convocado oposiciones por el Decreto “antiguo”, la única posición razonable es que no se celebren oposiciones en el territorio MEFP en el año 2022 y se acumulen las plazas para la convocatoria del próximo año con el sistema de acceso transitorio. Es lo que establece la ley. Y lo más justo.

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