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El ocio nocturno cerrará a las 02:00 horas y las terrazas estarán al 100% de aforo

El nuevo decreto preparado por la Consejería de Sanidad y que debe ser ratificado antes de su entrada en vigor por el TSJA incluye medidas menos restrictivas para el sector de la hostelería y el ocio nocturno

El nuevo decreto preparado por la Consejería de Sanidad y que debe ser ratificado antes de su entrada en vigor por el TSJA incluye medidas menos restrictivas para el sector de la hostelería y el ocio nocturno, tal y como avanzó este pasado viernes el consejero del ramo y portavoz del Ejecutivo de Ceuta, Alberto Gaitán.

Así, se permitirá un aforo en terrazas del 100% (actualmente es del 75) pero en el interior de los locales sigue fijándose el 33%, es decir, sin cambios. El consumo en las barras está permitido y el horario de cierre será hasta la una de la madrugada en las terrazas y hasta las doce y media en el interior durante el fin de semana y festivos. Entre semana el cierre es a las doce de la noche. El número de comensales se aumenta a 10 personas por mesa en terrazas (actualmente está en 8) y a 6 en el interior (es de 4 en el actual decreto). No se permite el consumo de productos de tabaco y otros relacionados cuando no se pueda respetar la distancia interpersonal de, al menos, 2 metros.

Respecto al ocio nocturno, se mantiene la apertura sin pista de baile con la limitación de aforo, que en el caso de tener terrazas será similar a las condiciones de la hostelería y restauración. En el interior se establece el 50%.

El horario de cierre será hasta las 02:00 horas (actualmente, a las 01:00 horas) en viernes, sábados y vísperas de festivos, y el resto de días hasta las 01:00 horas (00:30 horas en el decreto actual). Se mantiene el control de la identidad de los clientes.

Sobre la ocupación de zonas comunes en hoteles y alojamientos turísticos se mantiene la eliminación de la limitación de aforo siempre que se garanticen las medidas de distanciamiento e higiene, al igual que sucede en la actualidad.

Se permite el servicio de desayuno en zona de autoservicio por turnos establecidos, algo que actualmente no estaba permitido, y se prorroga la prohibición de fumar si no se respeta la distancia interpersonal.

En la vía pública permanecerá la prohibición del consumo colectivo y en grupos de alcohol, lo que se conoce como botellón y que es algo que las propias ordenanzas ya prohíben de por sí pero se sigue practicando. No se permite la permanencia en los espacios de los bajos de la Marina (Juan Carlos I) ni en las playas desde las 23:00 horas (igual que actualmente) hasta las 6.00 horas. En este sentido no ha habido cambios debido a las aglomeraciones que se producen.

El aforo en los establecimientos y locales comerciales se mantiene limitado al 75% y el cierre, sometido a las ordenanzas municipales.

Locales de apuestas y deporte

En cuanto a los locales de juegos y apuestas, el horario de cierre es el mismo -el que viene marcado por la normativa- sin que se puedan admitir clientes durante los 30 minutos previos al cumplimiento de esa hora. El aforo se mantiene al 50% en el interior y por mesas solo puede haber seis personas, igual que sucede en la actualidad.

Tal y como ya se informó esta semana, en la práctica deportiva individual no se limitan las personas y en la federada, se permite como máximo hasta el 60% del aforo en instalaciones al aire libre y hasta el 40% en instalaciones cerradas. Esta medida se aplica cuando el decreto entre en vigor, es decir, este domingo no se puede permitir la entrada al 60% en el ‘Murube’.

En residencias y centros sociosanitarios se mantienen las medidas de prevención teniendo que estar los trabajadores vacunados con pauta completa o, en su defecto, se recomienda realizarse PDIA (test de Ag o PCR) 2 veces por semana.

Un 75% de aforo en bibliotecas y menos restricciones en las celebraciones sociales

El nuevo decreto, que entrará en vigor cuando sea ratificado por el TSJA, mantiene el mismo aforo en las academias y autoescuelas, así como fija en 25 los grupos de guías turísticos (cinco más que antes) y en 15 cuando sea visitas a centros cerrados (eran 10). En bibliotecas el aforo aumenta al 75%, ya que antes estaba fijado al 50%.

En cuanto a las ceremonias religiosas, el aforo debe mantenerse respetando las normas de seguridad.

En las celebraciones, se permite en el interior un aforo del 33% sin superar 32 comensales (algo prohibido actualmente), y en el exterior se mantiene, como actualmente, el 75% del aforo autorizado por licencias hasta 100 personas. Las mesas son de 10 personas en el exterior (6 hasta ahora) y 6 en el interior (actualmente estaba prohibido). No se admite baile ni karaokes.

En cuanto a los espectáculos, en locales cerrados se mantiene el aforo de dos tercios y en cuanto a los conciertos al aire libre, con 40 integrantes en las orquestas (antes, 30) y en locales cerrados, 35 integrantes (ahora 20).

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