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Los nuevos límites para pagar con monedas y billetes dentro y fuera de España

La UE limitará los pagos en efectivo a partir del próximo verano | La medida que convive con el límite más estricto ya vigente en España para operaciones comerciales

La Unión Europea (UE) aplicará a partir del verano del próximo año una regulación que está orientada a limitar el uso de dinero en efectivo en los Estados miembros: un tope máximo de 10.000 euros para los pagos en efectivo dentro del ámbito comercial en todo el espacio comunitario. Esta medida, que también deben conocer los vecinos de Ceuta, busca reforzar la prevención y erradicación del fraude fiscal y el blanqueo de capitales.

Con el propósito de mitigar los riesgos de criminalidad económica, el Parlamento Europeo aprobó en 2024 el Reglamento (UE) 2024/1624, una disposición impone un tope máximo de 10.000 euros para los pagos en efectivo dentro del ámbito comercial en todo el espacio comunitario.

Transferencias bancarias u otros canales de pago electrónicos

En decir, que aquellos desembolsos que rebasen dicho importe deberán abonarse obligatoriamente por medio de transferencias bancarias u otros canales de pago electrónicos.

La finalidad de esta decisión, como se ha planteado, es la de poder garantizar que los grandes movimientos monetarios queden registrados y al mismo tiempo puedan ser supervisados por los bancos y las haciendas públicas de los países comunitarios.

Normativa en España y límites al transporte de efectivo

También hay que recordar que en el contexto español, la legislación vigente contempla controles que son aún más estrictos cuando en la transacción comercial interviene un profesional o empresario, fijando el límite de pago en efectivo en los 1.000 euros.

Adicionalmente, conforme a lo establecido en la Ley 10/2010, de 28 de abril, existen topes a la tenencia física de moneda.

De manera que dentro del territorio nacional, los ciudadanos pueden portar en la vía pública hasta un máximo de 100.000 euros en metálico.

Sin embargo, para cruzar las fronteras internacionales, la cifra permitida sin declarar no podrá superar los 10.000 euros, coincidiendo con el parámetro marco que exigirá la normativa europea a partir de 2027.

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