La Ciudad Autónoma de Ceuta, a través de la Consejería de Urbanismo y Transporte, ha publicado este martes en el BOCCE un decreto por el que se establecen las bases reguladoras para una nueva convocatoria para la concesión de subvenciones, en régimen de concurrencia competitiva, destinadas a la modernización de la flota de taxis para las que el Ejecutivo local ha dispuesto de una dotación presupuestaria máxima de 131.817,30 euros.
Esta medida se inscribe dentro del compromiso institucional con la movilidad sostenible, la reducción de emisiones contaminantes y la inclusión social, según se recoge en el Boletín Oficial de la Ciudad.
Requisitos
Podrán acogerse a las ayudas "las personas físicas titulares de licencia de autotaxi" en la Ceuta, que puedan acreditar:
- Ser titular de licencia de autotaxi concedida por la Ciudad Autónoma de Ceuta a la fecha de finalización del plazo de presentación de solicitudes habilitado por la convocatoria.
- Disponer de vehículo con antigüedad mínima de 5 años (a contar desde la fecha de matriculación del mismo) y que dicho vehículo haya estado formalmente adscrito a la licencia, al menos, en los 3 años anteriores a la presentación de la solicitud (a contar desde el decreto de afectación o, en su defecto, desde la fecha de registro de solicitud formal de dicho acto-).
- Encontrarse de alta en vigor, a fecha de solicitud, en el impuesto de actividades económicas, en el epígrafe correspondiente al servició público de taxi.
- Encontrase al corriente en el cumplimiento con respecto a sus obligaciones tributarias (ámbito estatal y regional) y frente a la Seguridad Social.
Actuaciones subvencionables
De acuerdo a las bases, se entenderá como actuaciones subvencionables:
1. La inversión en vehículo nuevo, de la categoría M1 (vehículo para transporte de pasajeros y que no contenga más de 8 asientos además del asiento del conductor), matriculado en España, y adscrito a las categorías recogidas en la Orden PCI/810/2018, de 27 de julio, por la que se modifican los anexos II, XI y XVIII del Reglamento General de Vehículos, aprobado por Real Decreto 2822/1998, de 23 de diciembre que, a continuación, se detallan:
- Vehículos Cero emisiones, clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos eléctricos de batería (BEV), vehículo eléctrico de autonomía extendida (REEV), vehículo de hidrógeno (HICEV), vehículo eléctrico híbrido enchufable (PHEV) con una autonomía mínima de 40 kilómetros (ciclo NEDC) o vehículos de pila de combustible.
- Vehículos ECO, clasificados en el Registro de Vehículos como vehículos híbridos enchufables con autonomía superior a 40 Km (ciclo NEDC), vehículos híbridos no enchufables (HEV).
2. La inversión en la adaptación del vehículo Eurotaxi, realizado por taller autorizado, en cumplimiento de los requisitos recogidos en la Norma UNE 26.494:2014 y sus posteriores modificaciones, y de conformidad con lo previsto en el Real Decreto 1544/2007, de 23 de noviembre, por el que se regulan las condiciones básicas de accesibilidad y no discriminación para el acceso y utilización de los modos de transporte para personas con discapacidad.
Consulte aquí todos los requisitos para solicitar estas ayudas
De esta forma, se da continuidad a las actuaciones desarrolladas en anteriores convocatorias de este Programa de Modernización del Taxi cuyo objeto es la incorporación a la flota de vehículos nuevos, modernos, eficientes y más seguros. Además de mejorar la eficiencia energética en el sector, las ayudas están destinadas a compensar el esfuerzo económico que los titulares de las licencias realizan para poder renovar sus vehículos.
¿Cuáles son los tipos de subvenciones que se ofrecen?
- Cuantía de la subvención por inversión en nuevo vehículo subvencionable. Para las inversiones destinadas a la adquisición de vehículos nuevos, se establece un porcentaje fijo de subvención del 25%, que se aplicará sobre una base subvencionable máxima para adquisición de vehículos (BSMV) de 28.000 euros.
- Cuantía de la subvención por adaptación de un vehículo con licencia Eurotaxi. Se establece un porcentaje de subvención del 50% que se aplicará sobre una base subvencionable máxima para la adaptación de los vehículos Eurotaxi (BSMA) de 14.000 euros.
- Subvención complementaria por achatarramiento. El solicitante podrá ver incrementado el importe de la subvención a percibir en hasta 1.000 euros adicionales, en caso de que proceda al achatarramiento de un vehículo de su propiedad.
- Cuantía subvención por la Inversión e instalación de cámaras de videovigilancia. Serán subvencionables las inversiones destinadas a la adquisición e instalación de sistemas de videovigilancia, siempre que dichas actuaciones cumplan con la normativa vigente en materia de protección de datos, seguridad privada y cualquier otra disposición legal que resulte de aplicación, incluido el Decreto de la Consejería de Fomento, Medio Ambiente y Servicios Urbanos de la Ciudad de Ceuta, por el que se aprueba las instrucciones que rigen la concesión de autorización para instalación de sistemas de video vigilancia en vehículos auto-taxis de la Ciudad Autónoma de Ceuta (BOCCE 6529, de 11/07/2025).
La subvención consistirá en un 50% del coste de la inversión e instalación, calculado sobre el importe que figure en la correspondiente factura, excluido el Impuesto sobre el Valor Añadido (IVA), hasta un máximo de 100 euros por vehículo que instale dicho elemento de seguridad adicional.
Cuantía máxima de subvención alcanzable
Atendiendo a las bases subvencionables ya indicadas, los solicitantes optan a las siguientes subvenciones máximas:
- Por la adquisición de un vehículo nuevo (28.000 x 25%)= 7.000 euros.
- Por la adaptación de un vehículo a Eurotaxi (14.000 x 50%)= 7.000 euros.
- Por la inversión en videovigilancia= 100 euros.
- Por el achatarramiento de otro vehículo: 1.000 euros.
Solicitudes
La solicitud deberá efectuarse de manera telemática, de acuerdo al procedimiento disponible dentro del catálogo de trámites del portal electrónico de Procesa. Además, toda la información de la convocatoria, los modelos a presentar y las bases reguladoras están disponibles en la web de la sociedad pública.
Los criterios de valoración de las propuestas serán los siguientes: inversión en Eurotaxi, eficiencia energética de la inversión y antigüedad del vehículo a sustituir en la licencia.
Obligaciones de los futuros beneficiarios
El beneficiario deberá notificar, en el plazo máximo de 30 días naturales a contar desde la notificación de concesión de la subvención a través de la publicación del decreto en el Boletín Oficial de la Ciudad de Ceuta, su reafirmación en el compromiso de ejecutar la inversión apoyada adquisición efectiva del vehículo comprometido en la solicitud, aportando pedido en firme certificado por el concesionario vendedor, entrega a cuenta realizada para garantizar el pedido (o, en su caso, factura de compra) y calificación oficial del vehículo (Emisión 0 y ECO).
El no acometimiento de la inversión apoyada o la no justificación de la efectiva realización de la citada inversión podrá dar lugar a la inhabilitación para la percepción de estas ayudas en los próximos 3 años.
No obstante, los beneficiarios que, en el plazo máximo de 30 días, a contar desde la notificación en BOCCE de la ayuda concedida, procedan a su renuncia formal, no se verán sometidos a la penalización indicada.







Lo de la" movilidad sostenible" y la "inclusión social" solo me provoca risa
No hace mucho tiempo, el Parque Móvil Municipal realizaba controles a todos los vehículos de s.p. de taxi, que deberían presentar unas condiciones optimas de limpieza, carrocería, interior y funcionamiento. Hoy en día es lamentable el aspecto de muchos vehículos taxi con roces en chapa, abolladuras, mal funcionamiento de luces, así como suciedad.