La obligación del uso de mascarillas en el transporte público también es aplicable a otros servicios de transporte, como taxis. Así lo ha especificado el Gobierno, a través del Ministerio de Transportes, este domingo, explicando que para aquellos que cojan taxis (así como VTC) tendrán que portar mascarillas a partir de este lunes.
Es una de las principales novedades respecto al uso del taxi, aunque no es la única. También a partir de este lunes, 4 de mayo, cuando Ceuta entra en la fase 0 de desescalada, los taxis podrán llevar a tres personas en el vehículo, el conductor y dos clientes.
En concreto, el ministerio detalla que en los transportes públicos de viajeros realizados en vehículos de turismo, es decir, taxi y VTC, podrán desplazarse dos personas por cada fila de asientos, excepto en la del conductor, en la que sólo viajará él mismo.
Este uso de mascarillas obligatorio ya se explicó que sería obligatorio en el transporte público, pero también se extiende a los usuarios de los servicios de transporte terrestre, como autobús, taxi, VTC y ferrocarril, como al transporte aéreo y marítimo.
Además, los trabajadores de los servicios de transporte que tengan contacto directo con los pasajeros también deberán ir provistos de mascarillas, así como tener acceso a soluciones hidroalcohólicas.
Uso del vehículo particular
También hay novedades en cuando a los vehículos de turismo particulares. Podrán viajar dos personas por cada fila de asientos, siempre que usen mascarillas y respeten la máxima distancia posible entre ocupantes. Este mismo criterio será de aplicación para el transporte privado complementario realizado en vehículos de turismo, que es aquél que realizan las empresas para su personal con medios propios de transporte.
Esta posibilidad se extiende a otros vehículos que dispongan únicamente de una fila de asientos, como cabinas de vehículos pesados, furgonetas o similares, en la que podrán viajar dos personas siempre que utilicen la correspondiente mascarilla. En caso contrario, únicamente podrá viajar el conductor.
En el caso de transporte en autobús y en ferrocarril se distinguen dos casuísticas distintas. En vehículos o vagones en los que todos los ocupantes deban ir sentados, la ocupación máxima se fija en el 50% de los asientos disponibles, manteniendo siempre vacía la fila posterior a la butaca del conductor en el supuesto de autobuses.
En el caso de que también exista la posibilidad de transportar viajeros de pie, se establece como referencia de ocupación dos viajeros por metro cuadrado en estas zonas y el 50% de los asientos disponibles.
También se recogen disposiciones que tienen por objeto garantizar que se produzca un movimiento de ordenado de viajeros en las estaciones, intercambiadores de transporte, aeropuertos o estaciones marítimas, con el objeto de evitar aglomeraciones, así como el refuerzo de las medidas informativas sobre la necesidad de mantener la distancia de seguridad y medidas de higiene.
Algunas obras permitidas
Por otro lado, también se da luz verde a partir de este lunes a las obras que se realicen en locales, viviendas u otras zonas delimitadas del edificio no habitadas, o a las que no tengan acceso los residentes mientras duren las obras, siempre que se cumplan todas las condiciones siguientes:
- Se limite la circulación de los trabajadores y materiales por zonas comunes no sectorizadas y se adopten todas las medidas oportunas para evitar, durante el desarrollo de la jornada, el contacto con los vecinos del inmueble.
- El acceso y salida de esos locales, viviendas o zonas, se produzcan al inicio y a la finalización de la jornada laboral.
- Los trabajadores adopten las medidas de prevención e higiene frente al COVID-19 indicadas por las autoridades sanitarias.
Asimismo, en todos los casos exceptuados, se permite el acceso a zonas no sectorizadas del edificio, para la realización de las operaciones puntuales de conexión con las redes de servicios del edificio que sean necesarias para acometer las obras. Hasta ahora, podían realizarse estas obras solamente en caso de que se pudieran sectorizar las zonas de acceso a las viviendas o locales.