Según cuentan desde el mismo SEPE, los parados que hayan trabajado menos de 90 días durante el año anterior a la convocatoria del Plan de Empleo no serán excluidos del mismo, tal y como publicamos en nuestras páginas de hoy.
Es una medida que se lleva a cabo en otras acciones de las políticas activas de empleo, pero que se ha recuperado este año para los Planes, después de varios ejercicios sin hacerlo.
Lo que parece difícil de entender es que sea el propio interesado el que se vea en la obligación de realizar esta advertencia al organismo estatal antes de finalizar el período de alegaciones a las listas del Plan de Empleo.
No se entiende que un organismo estatal, en el año 2018, no tenga un sistema informático que permita verificar si una persona que tiene derecho a estar en las listas del Plan de Empleo ha trabajado noventa días en el año anterior y que tenga que ser el propio interesado el que haga esta labor avisando a los funcionarios para que no le dejen fuera.
Es algo impensable, pero que, desde luego, está ocurriendo o va a ocurrir. Bueno sería que la Administración General del Estado se pusiera las pilas en sus programas informáticos.
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