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Multas de hasta 200.000 euros: lo que debes saber antes de regalar o vender cachorros

La normativa busca frenar la cría descontrolada y garantizar el bienestar de los animales de compañía

Por Isabel Jiménez
01/05/2026 - 20:35
Multas de hasta 200.000 euros: lo que debes saber antes de regalar o vender cachorros
Imagen de archivo
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La Ley de Bienestar Animal (Ley 7/2023) ha introducido importantes cambios en la forma en la que los ciudadanos pueden criar, ceder o vender animales de compañía en España, y también en Ceuta.

Sin embargo, pese a su aprobación hace ya varios años, siguen existiendo muchas dudas entre los propietarios de mascotas, especialmente cuando una hembra tiene una camada en casa de forma no prevista.

El objetivo de la normativa es claro: reducir el abandono, evitar la cría descontrolada y combatir las prácticas comerciales ilegales o irresponsables, reforzando al mismo tiempo el bienestar animal y el control administrativo sobre la reproducción.

La cría de animales, solo bajo control legal

Uno de los puntos clave de la ley es el relativo a la cría. Según el artículo 53, esta actividad “solamente podrá llevarse a cabo por personas debidamente inscritas en el Registro de Criadores de Animales de Compañía”. Esto incluye también a quienes realicen una cría puntual, aunque sea de forma ocasional o no profesional.

El registro tiene como finalidad garantizar que la reproducción de animales se realiza bajo criterios de control, trazabilidad y bienestar. Es decir, no basta con tener una mascota: si hay intención de criar, debe existir una autorización y registro previo.

Ahora bien, la normativa también contempla situaciones imprevistas. El reglamento europeo sobre bienestar de perros y gatos establece que no se considera actividad comercial ocasional la cesión de animales en determinadas circunstancias familiares o vecinales.

En concreto, se señala que “una donación de hasta una camada cada 24 meses entre miembros de la familia o vecinos no ha de considerarse comercialización”.

Qué pasa si la camada no estaba prevista

Cuando una mascota tiene cachorros de forma no planificada, muchas familias optan por regalarlos. En estos casos, la Ley de Bienestar Animal regula esta situación como cesión gratuita, estableciendo una serie de requisitos obligatorios.

Entre ellos:

  • El animal debe estar identificado con microchip y registrado a nombre del cedente.
  • La cesión debe formalizarse mediante un contrato específico.
  • No se permite entregar cachorros con menos de ocho semanas de vida.

Además, es importante subrayar que esto no se considera adopción, ya que esta figura legal solo puede realizarse a través de centros o entidades de protección animal registradas.

Incluso si se regalan, puede considerarse venta

Uno de los aspectos más relevantes de la normativa es que, en determinadas condiciones, incluso una cesión aparentemente gratuita puede ser considerada actividad comercial.

La ley establece que si existe cualquier tipo de contraprestación económica, aunque sea simbólica, se considera venta, lo que obliga a la persona a estar inscrita como criador y a formalizar un contrato de compraventa.

Esto implica una consecuencia directa: si no estás registrado como criador, no puedes pedir dinero por los cachorros, independientemente de la cantidad.

Prohibida la venta online de animales

La Ley de Bienestar Animal también regula la venta en internet. El texto legal es claro al señalar que: “Se prohíbe la venta directa de cualquier tipo de animal de compañía a través de internet, portales web o cualquier medio o aplicación telemáticos”.

Las plataformas digitales deben verificar la información de los anuncios, que obligatoriamente deben incluir:

  • Número de registro del criador o núcleo zoológico.
  • Identificación del animal.

Incluso en los casos de cesión gratuita, deben cumplirse los requisitos legales para evitar sanciones.

Sanciones elevadas por incumplimiento

El incumplimiento de la normativa puede acarrear sanciones económicas importantes. La ley distingue tres niveles:

  • Infracciones leves: de 500 a 10.000 euros.
  • Infracciones graves: de 10.001 a 50.000 euros.
  • Infracciones muy graves: hasta 200.000 euros.

Entre estas últimas se incluye la cría, venta o exposición de animales por personas no autorizadas.

Además de las multas, la administración puede aplicar medidas adicionales como la retirada de los animales o la inhabilitación para su tenencia.

Una ley para ordenar la convivencia con los animales

En conjunto, la normativa busca establecer un marco más estricto y ordenado para la relación entre las personas y sus animales de compañía. Aunque en muchos casos las familias actúan con buena intención, la ley deja claro que la responsabilidad legal no desaparece por la informalidad.

La clave, según el texto legal, es garantizar que toda reproducción y cesión de animales se haga bajo control, con garantías sanitarias y respetando su bienestar.

Etiquetas: AnimalesVecinos

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