El Área de Fomento de la Delegación del Gobierno tiene abiertos en estos momentos aproximadamente 30 expedientes abiertos por ocupación ilegal del litoral, esto es, por acampar en las playas.
Se trata de una historia que se repite cada verano. Y es que, como recuerda el director de Fomento, Bharat Bhagwandas, la instalación de tiendas de campaña o estructuras permanentes en el litoral está “terminantemente prohibido”, pese a lo cual son decenas las que se colocan, sobre todo en la bahía norte, y generan sanciones administrativas cuyo importe varía en función del tiempo y de la cantidad de superficie ocupada. “De momento este verano ya hemos levantado más de 30 actas, pero pueden ser muchas más porque aún no se ha cerrado el mes de agosto”, explica Bwgandhas. Se trata de infracciones administrativas denunciadas tanto por la Guardia Civil como por el vigilante de Costas y que son tramitadas por la Delegación, que el año pasado sancionó por este motivo a unas 70 personas en Ceuta. Estas multas, cuyo importe varía en función del lugar y también del tiempo de permanencia, nunca son inmediatas, sino que tienen su trámite administrativo y de audiencia para que el denunciado “pueda formular alegaciones en su defensa”. Una vez concluido ese periodo y si no se acepta la alegación del interesado la sanción se hace firme.
“Las acampadas se hacen sobre todo en la bahía norte”, indica el responsable de Fomento, quien subraya además que las sanciones que impone la Administración del Estado son por dos motivos: por la ocupación de dominio público marítimo terrestre y por estacionamiento. En este último caso, Bhagwandas recuerda que, debido un cambio en la legislación de Costas en el año 2013 , es más más elevado el importe cuando la playa afectada está incluida en un Lugar de Interés Comunitario o una zona de especial protección, como es por ejemplo la de Calamocarro. “El estacionamiento se sanciona con un importe mayor que cuando es en un tramo urbano. Es mayor una multa por aparcar indebidamente en Calamocarro o en la bahía norte que hacerlo por ejemplo en lo que se considera un tramo urbano como es la playa del Tarajal o de la Almadraba”, añade. Estas sanciones pueden llegar a 150 euros en el caso del aparcamiento y en el caso de las acampadas, se penaliza con 40 euros la ocupación del metro cuadrado por día. Una tienda de campaña de dos metros cuadrados que esté instalada durante un fin de semana conlleva una sanción de unos 160 euros, por ejemplo.
En la ordenanza municipal
La Delegación sanciona, pero no es la única administración que lo hace. La Ordenanza Municipal de Uso y Aprovechamiento de Playas también establece en su artículo 30 que queda “terminantemente prohibida” durante todo el año y a cualquier hora, la instalación de tiendas de campaña, así como las acampadas de cualquier duración de tiempo en todas las playas y que “para una mejor utilización y disfrute de nuestras playas, sólo serán permitidos parasoles totalmente diáfanos en sus laterales”.
Y qué está prohibido también hacer en la playa, pues según la misma ordenanza, en su artículo 32 “hacer fuego en la playa, así como el uso de barbacoas, anafes y bombonas de gas para hacer fuego”.
Dependiendo de cómo se tipifique el acampar o hacer barbacoas en la playa están consideradas como infracciones graves o muy graves, con multa que van desde los 150,25 euros hasta 450,76 euros en el caso de que sean graves, y que se elevan hasta los 901,52 euros si son consideradas muy graves.
¿De quién es esta tienda?
Esto es lo que se siguen preguntando a diario los vecinos y los usuarios de la playa de Benítez y es que denuncian que la tienda que se muestra en la imagen, vacía, fue instalada a principios de verano y allí sigue sin que esos metros cuadrados de playa puedan ser utilizados por otras personas. Se trata de un ejemplo de ocupación del litoral contravinendo la normativa. Los vecinos y bañistas han instado a las autoridades a que retiren la estructura, que está colocada frente a la zona del trampolín en Benítez y cuya colocación ha llamado la atención a numerosos usuarios, ya que durante la mayor parte del tiempo permanece vacía. Se trata de una estructura que ocupa en torno a unos cinco metros cuadrados de playa y que no es utilizada por ningún servicio que se presta en la playa.
La tienda lleva colocada sobre el arenal de la playa unos dos meses.
Las claves
Infracciones
Acampar infringe la Ley de Costas y la ordenanza
Ambas normativas contemplan explícitamente que la acampada se considera una ocupación ilegal de la playa. Guardia Civil y el vigilante de Costas se encargan de la denuncias.
Más caras
Según donde se produzca la infracción
Desde 2013 es más caro si la infracción, por ejemplo, un estacionamiento indebido, se produce en una playa en una zona natural, por ejemplo Calamocarro, que en un tramo urbano, por ejemplo, el Tarajal.
En euros
Depende del tiempo y del espacio ocupado
Las sanciones por acampar en la playa tienen un importe de 40 euros por ocupación de metro cuadrado y día.