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Multa de 3.500 euros por pasear un perro sin correa y sin vacuna de la rabia

La propuesta de sanción corresponde a una infracción leve y otra grave | El infractor podrá reconocer su responsabilidad, siendo el importe de la multa reducido en un 20%

El Boletín Oficial del Estado (BOE), en su apartado de Notificaciones, publica en su edición de este viernes 2 de enero de 2026, la instrucción para incoar expediente sancionador al paseante de un perro por la presunta comisión de dos infracciones: una leve y otra grave. De acuerdo con lo que se indica en el documento, el importe total de la multa es de 3.501 euros.

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Infracciones según la Ley de Bienestar Animal

La infracción leve corresponde al artículo 73 de la Ley 7/2023, de 28 de marzo, de protección de los derechos y el bienestar de los animales, “por omisión de la obligación de ejercer sobre los animales la adecuada vigilancia y evitar su huida, al llevarlo sin correa, correspondiendo por ello una sanción de 500 euros”.

Mientras que la infracción grave tiene que ver con el artículo 84.1 de la Ley 8/2003, de 24 de abril, de Sanidad Animal, “por incumplimiento de las medidas cautelares adoptadas por la Administración, dada la situación de Alerta Sanitaria por Rabia, correspondiendo una sanción por ello de 3.001 euros”.

Reducción de la sanción y plazos legales

El documento firmado por la consejera de Sanidad y Servicios Sociales del Gobierno de Ceuta, Nabila Benzina, indica que el infractor podrá reconocer su responsabilidad, siendo el importe de la sanción reducido en un 20%, quedando en 2.801 euros.

En este caso, será necesaria la documentación reconociendo la responsabilidad y renunciando a presentar alegaciones o recursos en el plazo de 15 días a partir de la notificación del acto administrativo. De no efectuar alegaciones, el acuerdo de iniciación se considerará propuesta de resolución.

Antecedentes: perro suelto en el Sarchal y riesgo sanitario

Los hechos, que ya habían sido informados por El Faro, se remontan a un informe policial del 28 de octubre de 2025, cuando se localizó a un perro deambulando suelto y sin control físico en la zona del Sarchal. Aunque los presentes se identificaron como encargados, las comprobaciones en la base de datos SIACE confirmaron que la titular legal reside en Algeciras y el can figura en "baja administrativa".

Asimismo, se constató que el animal no tenía la vacunación antirrábica obligatoria desde 2019. Esta irregularidad es crítica ya que la ciudad se encuentra en Nivel 1 de Alerta por Rabia. Bajo este escenario, la normativa prohíbe que los animales deambulen libres para prevenir la transmisión de zoonosis y proteger la salud pública.

Finalmente, respecto a un segundo perro de raza Sharpei presente en el lugar, las autoridades no pudieron tomar medidas legales al no existir registros que lo vinculen formalmente con los implicados.

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