Una nueva sanción administrativa en Ceuta ha sido publicada tras no poder entregarse la notificación al interesado por los canales habituales. El expediente, tramitado por la Consejería de Medio Ambiente, Servicios Urbanos y Vivienda de Ceuta, se refiere a una infracción de la Ordenanza de Limpieza Pública y Gestión de Residuos, con una multa de 2.250,01 euros.
La publicación se ha realizado mediante anuncio oficial en el Boletín Oficial del Estado, tal y como establece la Ley 39/2015 del Procedimiento Administrativo Común, cuando la Administración no logra notificar directamente al interesado.
Según consta en el expediente, identificado como 2026/18532, la notificación ha tenido que efectuarse por vía oficial tras resultar infructuosos los intentos de comunicación en el domicilio conocido del afectado, situado en la calle Zuloaga de Ceuta.
La infracción está relacionada con el incumplimiento de la normativa municipal sobre limpieza pública y gestión de residuos, un ámbito regulado para garantizar el correcto mantenimiento de la vía pública y la adecuada eliminación de desechos.
Aunque el anuncio no detalla los hechos concretos, este tipo de sanciones suele estar asociado a comportamientos como el depósito indebido de residuos, el incumplimiento de horarios o la vulneración de las normas de recogida establecidas por la administración local.
El expediente recoge como fecha de resolución el 23 de marzo de 2026, momento en el que se fija la cuantía de la sanción, que asciende a 2.250,01 euros.
La publicación en el BOE implica que la notificación se considera legalmente realizada, incluso si el interesado no ha tenido conocimiento directo de la misma. A partir de ese momento, comienzan a computar los plazos para posibles recursos.
Este mecanismo se utiliza cuando la Administración ha agotado las vías de contacto habituales sin éxito, garantizando así la continuidad del procedimiento administrativo.
El afectado dispone de varias opciones legales. Puede interponer un recurso de reposición ante el mismo órgano que dictó la resolución en el plazo de un mes, o bien acudir directamente a la vía judicial mediante un recurso contencioso-administrativo.
En ambos casos, el objetivo es impugnar la sanción o solicitar su revisión aportando las alegaciones que considere oportunas.
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