Los Servicios Tributarios de Ceuta han publicado en el Boletín Oficial del Estado (BOE) un anuncio de notificación en el que se informa de la existencia de diversas sanciones que no han podido ser comunicadas a sus destinatarios, activando así el procedimiento de notificación pública previsto en la normativa tributaria.
Según recoge el propio anuncio, fechado el 26 de marzo de 2026, esta medida se adopta “de conformidad con lo dispuesto en el artículo 112 de la Ley 58/2003, General Tributaria”, tras haberse intentado la notificación a los interesados “sin que haya sido posible practicarla por causas no imputables a la Administración”.
Multas pendientes de notificación
El BOE detalla un listado de expedientes sancionadores en los que se incluyen el número de procedimiento, el NIF o CIF del interesado, el tipo de infracción y el importe correspondiente.
Entre las sanciones recogidas se encuentran infracciones relacionadas con:
- Ordenanza de uso y aprovechamiento de playas, con multas de 75 euros
- Reglamento de tenencia de animales de compañía, con sanciones que superan los 2.200 euros
- Ley de protección y bienestar animal, con una multa de 10.001 euros
- Ordenanza de limpieza pública y gestión de residuos, con importes que alcanzan los 2.250 euros
- Ordenanza de ruido, vibraciones y contaminación acústica, con sanciones de hasta 601 euros
- Ley de sanidad animal, con una multa de 3.800 euros
- Servicio de transporte urbano de viajeros, con sanciones de 141 euros
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Plazo de 15 días para comparecer
En el anuncio, la Administración emplaza a los interesados o a sus representantes debidamente acreditados a comparecer en el plazo de quince días hábiles, contados desde el día siguiente a la publicación en el BOE.
La comparecencia deberá realizarse de lunes a viernes, en horario de 9:00 a 14:00 horas, en las dependencias del Organismo Autónomo Servicios Tributarios de Ceuta, concretamente en el negociado de Gestión Tributaria situado en la primera planta de la calle Padilla nº 3.
El objetivo es proceder a la práctica formal de la notificación de los actos administrativos incluidos en el listado.
Advertencia: la notificación se dará por hecha
El BOE advierte expresamente de que, en caso de no comparecer en el plazo señalado, la notificación se entenderá producida a todos los efectos legales desde el día siguiente al vencimiento de dicho plazo.
Asimismo, se recuerda que, tal y como establece la normativa, “cuando el inicio de un procedimiento o cualquiera de sus trámites se entiendan notificados por no haber comparecido el obligado tributario o su representante, se le tendrá por notificado de las sucesivas actuaciones y diligencias de dicho procedimiento”.
Esto implica que los afectados seguirán recibiendo las notificaciones posteriores por esta vía, manteniendo, eso sí, el derecho a comparecer en cualquier momento del proceso.






