La directora de la prisión de Loma Mendizábal aprovechó ayer con acierto el acto institucional de La Merced para llamar a todos los agentes de la ciudad a contribuir a que Instituciones Penitenciarias culmine con éxito su misión constitucional, que se traduce en que según recoge el artículo 25 del texto de 1078 “las penas privativas de libertad y las medidas de seguridad estarán orientadas hacia la reeducación y reinserción social”. Las personas encarceladas pierden su libertad pero conservan otros derechos reconocidos en la Constitución y en la legislación.
Ante las principales autoridades locales y después de entregar 16 distinciones y reconocimientos a instituciones, entidades, trabajadores y personal extrapenitenciario que ha sobresalido en el desempeño de su labor o por su aportación a la consecución del desafío antes expuesto, Nonia Velázquez recordó que “nuestra razón de ser es la reeducación y reinserción social de los penados, que sería una quimera si no existiera un colectivo de hombres y mujeres que con su entrega, esfuerzo y dedicación lo hacen posible”.
Aunque, como también admitió la funcionaria, el de Instituciones Penitenciarias sea un ámbito muchas veces desconocido y otras tantas incomprendido, es necesario incidir que además de “retener y custodiar” a los detenidos, presos y penados, entre sus fines debe estar sobre todo la reeducación y reinserción social de los sentenciados a penas y medidas penales privativas de libertad.
Para que se consiga es fundamental que cuenten con el respaldo y la complicidad del resto de la sociedad a la hora de ofrecer ayuda, conocimientos, recursos y oportunidades en aras de alcanzar ese bien mayor que no solo redundará en beneficio de la administración y el colaborador, sino del conjunto de la sociedad.
El mismo texto es simple."... reeducación.." primero. Para ello está la institución que esta señora defiende. Es decir todo comienza en la cárcel con lo cual en vez de leer textos debería decir qué pasos,actividades,deberes hacen los presos y porcentaje de empatía que estas actividades despiertan en internos. Con posterioridad ".. reinserción social. " ; debe quedar claro que ambos derechos no son simultáneos sino complementarios,para que se dé el segundo es necesario la realización del primero.