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El Mercado Central no es un almacén: obligado a desalojar dos puestos

La Administración recuerda a su titular que los mercados son para vender artículos de alimentación, pero no para acumular mercancía y enseres

El Boletín Oficial del Estado (BOE) ha publicado una notificación relativa a los mercados de Ceuta que parece salida de una reunión de vecinos algo tensa.

El protagonista es el titular de dos puestos en el Mercado Central, quien ha descubierto que, en el mundo de los abastos, no se puede tener un 'almacén' para guardar mercancía y enseres donde otros quieren vender fruta, carne o pescado.

La historia es sencilla: alguien tenía dos puestos en el corazón de estas instalaciones municipales pero, en lugar de despachar mercancía, los utilizaba como almacén particular.

Todo iba bien hasta que un vecino con ganas de trabajar registró una solicitud para ampliar su negocio y ocupar, precisamente, ese espacio.

En ese momento, la administración recordó que los mercados son para vender "artículos alimenticios de primera necesidad" y no para acumular mercancía y enseres.

Derechos efímeros y cajas reales

La Consejería de Sanidad y Servicios Sociales, dirigida por Nabila Benzina, ha tenido que ponerse seria. Según los informes técnicos, el uso de estos puestos como almacén era algo provisional y condicionado a que nadie más los necesitara para una actividad comercial de verdad.

Como ha aparecido un interesado, el derecho de ocupación se ha evaporado más rápido que una oferta de pescado fresco a última hora de la mañana.

El BOE aclara, con el rigor administrativo que lo caracteriza, que esta situación no genera 'derechos subjetivos'. En lenguaje de calle: que tener las llaves para guardar enseres no te hace dueño del sitio, especialmente cuando el Reglamento de Mercados dice que estos lugares son bienes de dominio público que pertenecen a toda la ciudad.

La cuenta atrás: 10 días o desalojo forzoso

La resolución es clara y no admite muchas vueltas: se ha instado al titular a que abandone los puestos y los deje "libres de mercancías u otros enseres".

Para que el proceso no parezca un desahucio sorpresa, se le han concedido 10 días hábiles para que recoja sus cosas de manera voluntaria y entregue las llaves en la administración del mercado.

Sin embargo, hay una advertencia final con un toque de atención: si pasado ese plazo las cajas siguen allí, la Ciudad Autónoma procederá al desalojo forzoso. Y lo peor no es que te muevan las cosas, sino que la factura de la mudanza administrativa correrá a cargo del interesado.

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