El Ministerio de Educación y Formación Profesional (MEFP) mantendrá en fase de consulta pública hasta el lunes de la próxima semana el proyecto de Orden con el que pretende regular el reconocimiento de la competencia digital docente en Ceuta y Melilla.
Se trata de acreditan que un maestro o profesor domina “el uso creativo, crítico y seguro de las tecnologías de la información y la comunicación para alcanzar los objetivos relacionados con el trabajo, la empleabilidad, el aprendizaje, el uso del tiempo libre, la inclusión y participación en la sociedad”.
El proyecto de Orden tiene como objetivo “establecer la normativa del procedimiento para el reconocimiento de la competencia digital docente en el ámbito de gestión del MEFP, así como determinar los actos administrativos que, de acuerdo con dicho procedimiento se dicten”.
La citada norma establecerá “los requisitos generales de las convocatorias que en su virtud se realicen, el inicio del procedimiento, los plazos y modos de presentación de solicitudes, la composición y funciones de las comisiones de acreditación, las diferentes modalidades de acreditación según nivel de competencia digital docente, el órgano habilitado para su desarrollo normativo, así como cualesquiera otros aspectos necesarios para su aplicación”.
El nuevo procedimiento de acreditación de la competencia digital docente hace necesario desarrollar una norma que lo regule, ajustada a los principios de necesidad, eficacia, proporcionalidad, seguridad jurídica, transparencia y eficiencia, contenidos en la Ley del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
El Acuerdo de 23 de junio de 2022 de la Conferencia Sectorial de Educación sobre la certificación, acreditación y reconocimiento de la competencia digital docente establece en su disposición sexta que serán las unidades de las Administraciones educativas las responsables de aprobar, en el plazo de un año a partir de su publicación en el BOE y, en el ámbito de sus competencias, la normativa que regule la acreditación de la competencia digital docente.
El artículo 102.3 de la Ley de Educación de 2026 dispone que las Administraciones educativas deben “promover la utilización de las tecnologías de la información y la comunicación y la formación del profesorado en digitalización”. La Ley de Protección de datos personales y garantía de derechos digitales establece que el profesorado recibirá las competencias digitales y la formación necesaria para la enseñanza y transmisión de los valores recogidos en el apartado 1 del citado artículo.
En este contexto, la LOMLOE atribuye al Ministerio de Educación y Formación Profesional la competencia para “elaborar y revisar”, previa consulta a las Comunidades Autónomas, los marcos de referencia de la competencia digital “que orienten la formación inicial y permanente del profesorado”.
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