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Medio Ambiente autoriza hacer fuego en el monte solo para eliminar residuos forestales

El decreto firmado por el consejero Yamal Dris se extiende a los terrenos forestales, zonas periurbanas y todo tipo de espacios abiertos de la ciudad | Las quemas deberán contar con autorización administrativa emitida por la Consejería de Medio Ambiente

La Consejería de Medio Ambiente y Servicios Urbanos ha levantado la prohibición de hacer fuego en todos los terrenos de vocación forestal, zonas periurbanas y en todo tipo de espacios abiertos de la ciudad. Una medida que únicamente se ha adoptado de cara a la ejecución de trabajos selvícolas que impliquen la eliminación de residuos forestales mediante fuego.

Esta decisión se ha tomado tras la emisión de un informe por parte de los servicios técnicos de la sociedad municipal Obimasa en el que se constataba que las condiciones meteorológicas habían cambiado tras las abundantes lluvias que se han registrado en los dos últimos meses, por lo que se hacía necesario levantar la prohibición de quema de residuos forestales.

El decreto firmado por el consejero Yamal Dris estipula también que el resto de restricciones adoptadas en anteriores resoluciones de la Consejería, y publicadas en el Boletín Oficial de la Ciudad con fecha 28 de mayo y 23 de octubre de 2020, continúan vigentes hasta que estas sean levantadas por idéntico procedimiento.

El levantamiento de la prohibición va destinado a las actuaciones que impliquen la eliminación de residuos forestales mediante fuego

Por último, la ejecución de quemas de residuos forestales deberá contar con la preceptiva autorización administrativa emitida por la Consejería de Medio Ambiente, que fijará las fechas y condiciones en las que se ejecutarán las mismas.

El Gobierno autonómico de Ceuta resolvió en la orden del pasado 23 de octubre que, atendidas las condiciones climáticas y el riesgo de incendio forestal, se ampliaba el período de prohibición de hacer fuego en todos los terrenos de vocación forestal, zonas periurbanas y en todo tipo de espacios abiertos de la ciudad autónoma, manteniéndose aquellas otras prohibiciones contenidas en resolución de la Consejería de fecha 27 de mayo, hasta que desaparezcan estas circunstancias y se proceda mediante el correspondiente levantamiento de dicha prohibición, por igual acto administrativo.

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