Opinión

Más residuos que margaritas en los campos

EL TRIBUNAL DE JUSTICIA DE LA UNIÓN EUROPEA, TENÍA RAZÓN CON SU SENTENCIA SOBRE LOS 61 VETEDEROS ILEGALES EN ESPAÑA.

LA TRISTE REALIDAD FINAL, DE UN EJEMPLO A NO SEGUIR, Y AFORTUNADAMENTE, EN ESTOS MOMENTOS, NO SE VE CEUTA INMERSA EN ESTE “AFFAIRE”.

Aunque hace algún tiempo no se ha visto involucrada, en esta ocasión en temas de Vertederos, nos toca escribir sobre una triste realidad, ajeno a tal territorio, y como final de una historia en la que se ha visto inmersa media España y afortunadamente otra gran parte exonerada como es el caso, de aquel lugar, con el cual, me une el mejor ánimo para transmitirle los riesgos existentes en los delicados temas medio ambientales.

Y debe servir de ejemplo, los problemas derivados de la inacción, elevada a su máxima expresión por los responsables pertinentes, cuyos problemas, sospechados por este Portal desde hace al menos dos años, y que tiene como protagonistas a los 61 Vertederos ilegales de marras.

Alabábamos el otro día al Gobierno Canario, a través de sus medios, sobre el decoro y la valentía de su Agencia de Protección del Medio Natural, al revelar su situación real de insostenibilidad ya presumida, pero loable sus manifestaciones, y qué al ser equiparables al resto insular, ha servido para confirmar la amplia sombra de sospecha de “silencio programado” y opacidad permanente de la mayoría de administraciones públicas envueltas en este “affaire”, así como la elusión de responsabilidades.

Lo que ha ocurrido en Canarias, se refiere a que sobre 23 Vertederos señalados por la Comisión Europea; Canarias, como incumplidores, declaró, su limitada capacidad para afrontar las soluciones adecuadas, únicamente a 10 de ellos, muy probablemente, debido a las descoordinaciones entre las tres paternidades que tiene el Medio Ambiente: GOBIERNO CENTRAL: AUTONÓMICO Y LOCAL.

Este Portal ha tenido en su mano la Sentencia completa del TJUE desde la fecha de su publicación, (15.3.17), pero quiso, otorgar el beneficio de la duda a nuestras Administraciones en pro de una obligada transparencia hacia sus administrados, que nunca habría llegado.

En opinión de un veterano jurista, frecuente espectador en sus tiempos de las actividades del TJUE. le resulta difícil asumir, que un Tribunal de este rango, se aleje de la realidad, que no ha sido probablemente otra, que las ya acostumbradas descoordinaciones entre Administraciones Públicas, a la hora de asumir sus propias responsabilidades. O sea, que ha tenido que manifestarse el Gobierno de Canarias, para que su declaración, de días atrás, salpique a su alrededor, y sirva para confirmar la realidad sospechada desde hace dos años: la inacción respecto a la ejecución de 61 Vertederos destinados al aseguramiento de las actividades necesarias para que la gestión de los residuos se realice sin poner en peligro la salud humana y sin dañar al medio ambiente y, en particular, sin crear riesgos para el agua, el aire o el suelo, y en particular ni para la fauna y la flora.

Desde 2005, 2007, 2008, etc. se le vienen reprochando al Reino de España, sus incumplimientos en las obligaciones de abordar el problema de los vertederos ilegales en España, en cuanto a adoptar las medidas necesarias para el aseguramiento de la Directiva 2008/98.

En una extensa Sentencia, con las lógicas alegaciones de las partes, vamos a detenernos en la parte dispositiva donde el TJUE, se refiere con todo lujo de detalles a lo que procede, en función de la especial situación de Canarias refiriéndose a la totalidad de los Vertederos........el incumplimiento de los Arts. 13 y 15.1 de la mencionada Directiva.

Ardua labor le queda a la Agencia Canaria por delante, en una responsabilidad medio ambiental que tiene tres paternidades: Gobierno Central; Autonómico y Local. Aquí subyace la problemática, pues todos tratan de eludir obligaciones en detrimento de otro

Debe asumirse, que una vez “rasgado el velo de la opacidad” debe convertirse en algo transparente, y continuar por la misma ruta informativa en beneficio de los contribuyentes, y una adecuada praxis.

Reflexionemos pues, al calor de la Directiva, respecto de: que los Estados Miembros adoptarán las medidas necesarias para asegurar que la gestión de los residuos se realizará sin poner en peligro la salud humana y sin dañar el medio ambiente y, en particular, sin crear riesgos para el agua, el aire o el suelo, ni para la fauna y flora...........

POR ÚLTIMO, CLAMAR DESDE AHORA, CARA LA PRÓXIMA LEGISLATURA, NO APARENTAR SER UNA “JAULA DE GRILLOS”, SE SIENTEN LAS VECES NECESARIAS A RECONDUCIR ESTE PROBLEMA, Y OTROS CUANTOS.

Correo: jarm@modificadosobraspublicas.com. Web: www.modificadosobraspublicas.com. Doctor en Derecho (Cum Laude). Diplomado en Estudios Avanzados U.E. Caballero de Mérito por Real Orden Noruega

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