En ambos casos los hombres reconocieron ser los autores de los hechos delictivos.
El magistrado del juzgado de lo Penal número dos dictó ayer sentencia firme condenatoria contra dos hombres acusados de cometer sendos delitos contra la salud pública de los artículos 368 y 369.6 del Código Penal. En el primero de los casos juzgados ayer, la pena que se le impuso al hombre fue de tres años y dos meses de prisión más el abono de una elevada multa con tres días de responsabilidad personal subsidiaria en caso de impago de la citada multa. Por su parte, el segundo de los hombres fue condenado a tres años y un día de privación de libertad, más el pago de una multa en similares condiciones.
Los hechos por los que ambos fueron detenidos tuvieron lugar a mediados del mes de mayo en la estación marítima de Ceuta. Los agentes de la Guardia Civil apostados en el control antidroga del preembarque para vehículos interceptaron a los ayer acusados cuando intentaban ingresar en diferentes ferrys que se dirigían a la península. El perro guía marcó la presencia de droga en el interior de los coches que los hombres conducían y las posteriores inspecciones demostraron que, el primero de ellos, llevaba en total 18 kilogramos de hachís escondidos mientras que el segundo transportaba una cantidad cercana a los seis kilogramos de la misma sustancia estupefaciente.
Los dos acusados reconocieron ser los autores criminalmente responsables de los hechos que se les imputaban y, consecuentemente, se conformaron con las diferentes penan que les ofrecía el Ministerio Fiscal, que ya contenía una rebaja considerable en sus pretensiones acusadoras. El juez decretó la firmeza de la sentencia una vez que las partes manifestaron que no recurrirían el fallo.






