La publicación, el próximo martes, del decreto de convocatoria de elecciones municipales del 28 de mayo conlleva que desde este 4 de abril y hasta el día siguiente a la celebración de los comicios en Ceuta estarán prohibidos los actos de inauguración y las campañas institucionales de propaganda.
Tanto la Administración General del Estado en manos del PSOE y Unidas Podemos como el Ejecutivo local del PP han pisado el acelerador durante las últimas semanas para vestir de largo sus actuaciones más sobresalientes, pero se acabó.
Conforme a lo establecido en la Ley Orgánica del Régimen Electoral General (Loreg), una vez publicado el decreto de convocatoria comienza oficialmente el periodo electoral que obliga a los poderes públicos a ser neutrales. Es decir, entra en vigor la prohibición de realizar actos de inauguración y campañas de propaganda institucional para difundir logros de legislatura.
Sólo se permiten las campañas informativas "que resulten imprescindibles para la salvaguarda del interés público o para el correcto desenvolvimiento de los servicios públicos", pero sin "connotaciones electoralistas ni alusiones a los logros obtenidos por los poderes públicos".
Según la Junta Electoral Central (JEC), encargada de controlar el cumplimiento de la normativa electoral, los poderes públicos no pueden realizar ninguna campaña institucional que "atente contra los principios de objetividad y transparencia del proceso electoral y de igualdad entre los actores electorales".
En concreto, según estipula el artículo 50 de la Loreg, desde la convocatoria de los comicios hasta su celebración queda vetado "cualquier acto organizado o financiado, directa o indirectamente, por los poderes públicos que contenga alusiones a las realizaciones o a los logros obtenidos, o que utilice imágenes o expresiones coincidentes o similares a las utilizadas en sus propias campañas por alguna de las entidades políticas concurrentes a las elecciones".
Tampoco se pueden repartir libros, revistas, folletos, cuadernos, catálogos, trípticos, soportes electrónicos; enviar correos electrónicos o sms; distribuir contenidos por bluetooth; insertar anuncios en los medios con alusiones a los logros obtenidos por cualquier poder público; o usar imágenes, sintonías o expresiones similares empleadas por los partidos en sus propias campañas electorales.
Igualmente se prohíbe realizar actos de inauguración de obras o servicios públicos, o proyectos de éstos, sin perjuicio de que dichas obras o servicios puedan entrar en funcionamiento en este periodo. Únicamente se salvan las inauguraciones institucionales de congresos, ferias de muestras, festivales o fiestas populares que se celebren de forma periódica en fechas coincidentes, pero sin alusiones a los logros de las autoridades intervinientes.
Hasta 2011 la prohibición solamente abarcaba las dos semanas previas a la cita con las urnas de campaña propiamente dicha.
El Consejo de Ministros aprobó el pasado martes a propuesta de los ministerios del Interior y de Política Interior el real decreto de convocatoria de las elecciones municipales y a las asambleas de Ceuta y Melilla, que se celebrarán el domingo 28 de mayo.
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