Marruecos

Marruecos pide a los religiosos que no interfieran en las elecciones legislativas

Serán destituidos de sus misiones aquellos religiosos que decidan presentarse a las elecciones, que se celebran el próximo 8 de septiembre

El Ministerio de Asuntos Islámicos de Marruecos ha pedido a los predicadores e imanes del país que se abstengan de hacer cualquier comentario que pueda interpretarse como interferencia en las próximas elecciones legislativas, previstas para el 8 de septiembre.

En una circular, a la que tuvo acceso EFE, el ministerio recuerda que los religiosos "deben evitar cualquier comentario que pueda interpretarse, de forma explícita o implícita, como una propaganda a favor o contra un candidato o una formación política o sindical". El ministerio señaló que serán destituidos de sus misiones aquellos religiosos que decidan presentarse a las elecciones.

En abril del 2005, el Ministerio de Asuntos Islámicos emitió una nueva normativa que estipula que los nuevos predicadores o imanes deberán cumplir una serie de requisitos para ejercer su profesión, entre ellos no militar en un partido político o grupo extremista.

Marruecos celebrará las elecciones legislativas y municipales en una sola jornada el 8 de septiembre, algo novedoso porque en el pasado se celebraron por separado, y la campaña electoral empezará quince días antes de esta fecha.

Marruecos celebrará elecciones legislativas el próximo 8 de septiembre, siendo la fecha de presentación de las candidaturas para las elecciones legislativas del 8 de septiembre ha sido fijada del 16 al 25 de agosto de 2021.

Para la elección de los miembros de la Cámara de Representantes, indica la agencia MAP, las candidaturas se presentarán en forma de listas de candidatura por el representante de cada lista, en la sede de la prefectura, provincia o prefectura de distrito correspondiente, para las circunscripciones electorales locales, y en la sede de la wilaya de la región para las circunscripciones electorales regionales, según la misma fuente.

En cuanto a la elección de los miembros de los consejos comunales y de distrito, las candidaturas se presentarán, según el caso, en forma de listas de candidatura o de declaraciones individuales de candidatura por el representante de cada lista o de cada candidato, en la sede de la autoridad administrativa local de la que depende la comuna o el distrito.

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