La Dirección Provincial del Ministerio de Educación, Formación Profesional y Deportes (MEFPYD) en Ceuta ha publicado el listado definitivo con baremo de maestros candidatos a interinidad para el curso 2024-2025.
Las especialidades convocadas para interinos del cuerpo docente son siete: Educación Infantil, Lengua Extranjera (ingles), Educación Física, Música, Pedagogía Terapéutica, Audición y Lenguaje y Educación Primaria.
Según lo dispuesto en la Orden ECD/697/2017, de 24 de julio, modificada por la Orden EFP/529/2023, de 26 de mayo, por la que se regula la formación de listas de aspirantes a desempeñar puestos en régimen de interinidad, esta Dirección Provincial ha resuelto publicar las listas definitivas de admitidos con baremación y excluidos, de aspirantes a interinidad para el curso escolar 2024-2025 del cuerpo de maestros.
Esta resolución pone fin a la vía administrativa y contra la misma cabe interponer, en el plazo de un mes, potestativamente, recurso de reposición ante el Subsecretario, de acuerdo con lo dispuesto en los artículos 123.1 y 124.1 de la Ley 39/2015, de 1 de octubre, del Procedimiento Administrativo Común de las Administraciones Públicas.
O bien, el aspirante disconforme con esta resolución puede impugnarla directamente en la vía contencioso-administrativa ante el Tribunal Superior de Justicia, bien de la circunscripción donde tenga su domicilio el recurrente, bien donde se dictó el acto impugnado, conforme a lo dispuesto en el artículo 10.1.i) de la Ley 29/1998, de 13 de julio, reguladora de la Jurisdicción Contencioso-Administrativa, en relación con la regla segunda del artículo 14.1 de dicha Ley, siendo en ese caso el plazo para su impugnación el indicado en el artículo 46.1 de la citada Ley 29/1998.
De conformidad con la normativa que regula la formación de listas de aspirantes a desempeñar en régimen de interinidad plazas de los cuerpos, en las ciudades de Ceuta y Melilla, la Dirección Provincial de Ceuta establece que se tendrá en cuenta el porcentaje de plazas que, con carácter general, debe respetarse en el acceso al empleo público para ser cubiertas por personas con discapacidad
De esta forma, en cada lista de las especialidades y cuerpos docentes, en aquellos supuestos en los que formen parte de dichas listas aspirantes que hayan acreditado esa condición, se incluirá al aspirante que corresponda por su orden, tras cada quince personas integrantes de dicha lista por lo que los llamamientos se realizarán conforme a lo dispuesto en la normativa.
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