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“Los últimos cambios jurídicos han alargado la estancia en el CETI”

Este factor, sumado a la comprobación de los datos manifestados por los residentes, retrasan la solución de expedientes. Los programas de intervención social se han adaptado a esta realidad.

El Ministerio de Trabajo e Inmigración detectó la necesidad de adaptar los programas de intervención que se desarrollan en el Centro de Estancia Temporal de Inmigrantes, CETI, a raíz de la situación planteada con las últimas modificaciones del marco jurídico en esta materia. Sus efectos, fundamentalmente el alargamiento de la estancia media y repercusión en los programas del centro del Jaral, han propiciado una reestructuración del equipo del CETI guiada por Carlos Bengoechea, su nuevo director.

Junto a Bengoechea, quien desempeñó varios cargos diplomáticos en Marruecos y antes de su llegada a la ciudad este mes estaba destinado en el gabinete del Ministerio de Exteriores, se encuentran Valeriano Hoyos, como administrador; Alfredo Campos, coordinador del programa de intervención social; y Gloria Gros, jefa del servicio de administración. “El equipo directivo está formado por personas que provienen de la anterior administración, la línea continuista, y la línea adaptativa nueva está representada por Gros y yo mismo”, subrayó Bengoechea.

–El alargamiento de la estancia media, ¿a qué se debe?

–A los cambios en el marco legislativo. En el caso del asilo, existe una nueva ley de octubre de 2009 y, en cuanto a la inmigración, ha habido una reforma importante en diciembre del año pasado de la Ley Orgánica de Derechos, Libertades de los Extrajeros y su Integración Social de 2000. La primera introduce un pequeño cambio de concepción del asilo. Ha habido que adaptar una serie de directivas europeas. El asilo ha evolucionado respecto a lo que se entendía hasta ahora.

–La reforma de la Ley de Asilo también ha supuesto una restricción a la libre circulación de los solicitantes de asilo con su expediente admitido a trámite.

–Esta ley no regula la libre circulación, está en otros convenios internacionales. En concreto, esta materia es competencia de un departamento distinto, ya que la inmigración están repartida en tres ministerios. La cartera de Interior se encarga del reconocimiento y concesión de derechos y libertades así como de las autorizaciones de estancia y residencia, lo que acaba de mencionar; el de Trabajo a la integración social del inmigrante, la cual me ocupa; y el Ministerio de Asuntos Exteriores que lleva toda la actividad internacional. Este tema está sub iúdice y por lo tanto los tribunales se tendrán que pronunciar. Hay que tener mucho respeto.

–¿Cuántos residentes disponen de la tarjeta amarilla?

–Hay aproximadamente con solicitudes admitidas a trámite desde octubre de 2009 unas 30 personas. Estamos adaptando los programas de intervención social a esta nueva situación que se crea de alargamiento de estancia.

–Sin embargo, la permanencia en el CETI se prolonga desde antes de octubre de 2009. ¿Por qué?

–Los expedientes de Extranjería tienen un periodo de tramitación. Están en torno a seis meses ampliables a un año para su resolución. Son actuaciones que se tienen que llevar fuera de España, a nivel internacional, el propio régimen jurídico de la Administración del Estado lo permite. Lo que ocurre es que muchas veces los datos que figuran en el expediente no permiten a la administración actuar con la celeridad necesaria porque hay que hacer comprobaciones internacionales de las manifestaciones que los inmigrantes formulan y que a veces no son exactas, se pide colaboración de las autoridades de los países en donde los propios inmigrantes manifiestan que proceden y se complica todo. Los movimientos sociales y demográficos en África son muy activos, hay que pensar que ahora en el continente africano hay en torno a 20 millones de desplazados (...). Supone una complicación enorme a la hora de gestionar los expedientes y llega un momento en el que muchas veces no es fácil.Eso se une a las modificaciones legislativas que se producen.

–Varios residentes cumplen tres años en el centro del Jaral en las próximas semanas.

–Pensamos que tres años está en torno al máximo de tiempo para resolver la situación personal. Son algunos casos puntuales, de dos o tres personas, puesto que la legislación española establece que, a partir del tercer año, se puede solicitar la regularización en España por la vía de arraigo. Eso explica y justifica legalmente el periodo de tres años de estancia porque la administración no ha podido resolver un expediente con las garantías de un estado de derecho (...) Es verdad que entrarían ya consideraciones de carácter humanitario. A una persona no se le pueda mantener indefinidamente en una situación de indeterminación. De todas las legislaciones de extranjería europeas, España es el único país que prevé el arraigo en la Ley Orgánica de Derechos y Libertades de los Extranjeros y su Integración Social. A partir de los tres años y en torno a los mismos, ya se puede solicitar el arraigo, que sería la situación de estas personas.

–Los programas de inserción social, ¿instruyen en algún oficio?

–Para su participación, necesitamos que los inmigrantes estén en condiciones personales y humanas de participar y querer hacerlo. Una vez estabilizado emocionalmente, se hace una evaluación por parte de los trabajadores sociales sobre cuáles son sus habilidades y dónde orientaron su vida laboral con anterioridad. En función de estos rasgos, tratamos de confeccionar un perfil y adaptar nuestros programas de formación laboral. Vamos variando esta formación pero en junio iniciaremos dos talleres: uno de carpintería y otro de albañilería. Los desarrolla Accem, la ONG con la que hemos firmado el convenio para estas actividades. Con Cruz Roja, hemos desarrollado un programa sobre socorrismo y primeros auxilios, en el cual pretendemos que hagan prácticas en las playas.

Formacion para el retorno o traslado a la península

Los programas de intervención social que se imparten en el CETI, potenciados por el nuevo equipo directivo, cumplen una función social en cualquiera de los dos supuestos de resolución del expediente en Extranjería: bien sea mediante la formación ante la devolución de inmigrantes a su propio país de origen; o bien a la península, dotándole de una serie de herramientas e instrumentos para que puedan desarrollar su faceta laboral, además de transmitir tanto valores de la cultura de acogida como principios democráticos así como las normas de convivencia. En especial Cruz Roja, apuntó Bengoechea, ya que cuenta con delegaciones en todo el mundo y, por tanto, los programas de formación que se desarrollan en colaboración con la entidad humanitaria sirven para, obtenida la certificación de haber superado los mismos, pueda mantener una vinculación con esa organización en los supuestos de retorno. El Gobierno español pretende así dotar de una formación mínima al residente para que puedan desarrollarla a posteriori.

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