Los proveedores ya pueden adherirse al plan de pagos del Gobierno

Los proveedores iniciaron su adhesión al Plan de Pago abierto por el Gobierno para cobrar sus facturas pendientes. Los trámites se pueden realizar a través de Internet, conectándose a la base de datos de la Agencia Tributaria, o acudiendo a los ayuntamientos que les adeudan para hacer esa misma gestión en formato papel.
La información que necesitan aportar por proveedor en cualquiera de las dos vías es el número de cuenta corriente (se facilitara el CCC o el IBAN y, en caso de cuentas internacionales, el BIC) y el importe del principal con descuento de la quita, en caso de existir, según ha informado el Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas.
Los proveedores tienen hasta el día 22 de abril, por vía telemática, y hasta el 20 de abril en papel, para comunicar su voluntad de acudir al procedimiento porque, en caso contrario, no van a cobrar por esta vía. La solicitud de certificación individual presentada por los proveedores ante la entidad local implica la aceptación por parte de estos de acudir al procedimiento.
Si se opta por la presentación telemática, los proveedores deben acceder a la pagina web de la Agencia Tributaria (www.agenciatributaria.es) e identificarse mediante el Certificado Electrónico de Usuario emitido por alguna de las autoridades de certificación admitidas por la Agencia Tributaria, por ejemplo, el DNI electrónico y los emitidos por la Fábrica Nacional de la Moneda y Timbre.
-Los proveedores deben consignar el NIF (ya sea de personas físicas o jurídicas) que figure en las facturas emitidas a las entidades locales, lo que les permitiría acceder a la relación de facturas de ese NIF e indicar la voluntad de acudir al procedimiento de pago, identificando la cuenta bancaria donde quieren que les sea satisfecho el mismo y el importe de la quita, en caso de existir.

Decisión
-Una vez que manifiesten su decisión voluntaria de acudir al Plan de Pago a Proveedores, la tesorería de la respectiva entidad local excluirá de los posibles pagos ordinarios a dichos proveedores.
 -Alternativamente, pero no a la vez, los proveedores pueden dirigirse a la entidad local comunicando por escrito su decisión de acudir al mecanismo de pago, facilitando el NIF, el número de cuenta corriente y el importe del principal con descuento de la quita, en caso de existir.
Por otra parte, si los proveedores optan por la vía presencial, posteriormente las entidades locales deberán comunicar esa información por vía telemática y con firma electrónica a la Agencia Tributaria. Para ello, los representantes de las entidades locales, deben utilizar el certificado correspondiente al NIF de la entidad local, o el certificado de empleado publico, siempre que haya sido apoderado por dicha entidad local. Accederán al conjunto de facturas enviadas por esa entidad local, y podrán actuar en representación de los proveedores para indicar la voluntad de estos de acudir al procedimiento.

Rectificaciones
Este certificado también permitiría a las entidades locales realizar posibles rectificaciones de errores en los datos de las facturas, así como introducir los Certificados Individuales.
Unas medidas que, por supuesto, ya han comenzado a efectuar los proveedores de nuestra ciudad que están incluídos en el listado general de las facturas que la Ciudad Autónoma ha enviado a Madrid el pasado quince de marzo y que se ratificó con el plan de ajuste del pasado viernes.
Por parte de la Ciudad Autónoma, tal y como se manifestó desde un principio, se tiene clara la confianza de que la Administración General del Estado aprobará el cien por cien de los casi ochenta millones de euros que se han solicitado para el pago de las facturas.
Todo ello a partir de lo manifestado desde el departamento ministerial de que no existirían problemas a la hora de ampliar la cantidad si se necesitara si se superaban las expectativas de un principio de los Ayuntamientos.  

 

Muchas facturas no parece que se vayan a pagar

El pasado viernes, durante la celebración de la sesión plenaria que aprobó el plan de ajuste y el plan de sostenibilidad financiera a diez años se conoció en el informe del interventor que había aparecido más de seiscientas nuevas facturas en el período comprendido con posterioridad al quince de marzo, dentro del período que los empresarios tenían para analizar si todos los débitos que consideraban que tenía la Administración para con ellos se habían recogido. Parece ser que el montante global no superaba los tres millones de euros.
Según ha podido conocer esta redacción, de los primeros informes de los técnicos de la Consejería de Hacienda y Recursos Humanos, parece que muchos de ellos no se van a abonar, por distintos defectos que tienen las mismas en conceptos y otros detalles.

 

Los plenos deberán de reunirse otra vez en mayo

La crónica
Del mismo modo, conocido el importe total de las obligaciones pendientes de pago, los Plenos de las entidades locales en el período que se determine (primera quincena del mes de mayo) deberán aprobar la formalización de las operaciones de crédito correspondientes, siempre que hubieren obtenido una valoración favorable de sus planes de ajuste por parte del Ministerio de Hacienda y Administraciones Públicas. A partir de este momento las entidades de crédito podrán materializar las transferencias que procedan a los proveedores incluidos en las relaciones anteriores, en la forma que se determine.

Vía telemática
En los cinco primeros días hábiles de abril (entre los días 2 y 10) las entidades locales remitirán por vía telemática y con firma electrónica las relaciones de certificaciones individuales solicitadas, las emitidas y las no contestadas ya.
Esta remisión se realizará a través de la aplicación de la Agencia Tributaria.
En este caso deben enviar la información de la certificación inicial, la indicada anteriormente para los proveedores que comuniquen su intención de acudir a procedimiento de pago.
Además, un campo con la fecha de la solicitud por el proveedor de la certificación individual, y otro con la especificación de certificación solicitada y emitida, o de certificación solicitada y no contestada, o de certificación solicitada y denegada.

Corregir
Entre los días 23 de abril y 8 de mayo las entidades locales podrían introducir modificaciones para corregir errores, indicar las facturas que finalmente consideran conflictivas (deberían aclarar y solventar los conflictos en ese periodo), las que se han pagado a los contratistas y las que están sujetas a procedimientos de embargo o de concurso de acreedores.
A estos efectos se recogerán en la aplicación los identificadores correspondientes a cada una de estas situaciones.
Conocidas tras los envíos anteriores las facturas que entran en la primera fase de la operación se contrastaría con el importe máximo disponible en el mecanismo de financiación, y, en su caso, se aplicarían los criterios de prelación de las obligaciones pendientes de pago según su antigüedad, la condición de pequeña o mediana empresa o la municipalización de la factura. Habrá que ver si se llega al tope que se aprobó.

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