Categorías: Tribunales y justicia

Los guardias acusados de poner la mano en el Tarajal aceptan una condena de 3.600 euros de multa

Que la justicia es un cachondeo ya lo dijo en su día el que fuera alcalde de Jerez, Pedro Pacheco. La frase parece que caló hondo también en Ceuta, porque ayer más de uno se encargaba de recordarla en los pasillos de la Audiencia Provincial, momentos antes de la celebración del juicio contra seis agentes de la Guardia Civil a los que se acusaba de un delito de cohecho continuado y otro de prevaricación continuada.

Otros en cambio preferían ubicar el cachondeo más en la investigación de Asuntos Internos que en el poder judicial. Lo que está claro es que de una petición originaria de 4 años de cárcel y 9 de inhabilitación por ambos delitos, el Ministerio Fiscal pasó a negociar un acuerdo beneficioso para los acusados: que asuman su culpabilidad por una falta continuada de estafa que se traduce en la imposición de una multa de 3.600 euros que no lleva pareja, al menos penalmente, la inhabilitación. El acuerdo era tan goloso que los efectivos del Instituto Armado aceptaron la condena lo que conllevaba admitir su culpabilidad, con tal de no tener que enfrentarse a un proceso judicial para el que la Audiencia había reservado tres días de vistas, con análisis de escuchas telefónicas incluido.
¿Y cuáles son los hechos que admiten? Los seis guardias, uno de ellos sargento, admitieron ante la sala que “desde mayo a septiembre de 2003, puestos en común y previo acuerdo, y con ánimo de enriquecerse injustamente, hicieron creer a los conductores de los vehículos que accedían al puesto fronterizo del Tarajal donde desempeñaban sus funciones, que debían pagar oficialmente pequeñas cantidades de dinero, que en algunas ocasiones ascendía a 40 euros pero que en ningún caso superaba los 400 euros, para poder pasar la frontera y acceder a Ceuta”. De esta forma, según las modificaciones plasmadas en su escrito por el Ministerio Fiscal,  los acusados admiten haber percibido cantidades de manera irregular pero que en ningún caso superaron los 400 euros, de ahí que pueda mantenerse el tipo de falta. El único civil que se presentó en el juicio como acusado, por ser un presunto cooperador en la trama, aceptó su implicación en una falta de estafa por lo que fue condenado a 400 euros de multa, reconociendo que el 12 de septiembre de 2003 se hizo con una cantidad económica gracias a un cobro irregular. La sentencia es firme.

 

Una justicia lenta que deja dos sentencias distintas en el camino

La sentencia alcanzada ayer por conformidad deja condenados a seis guardias civiles por unos hechos ocurridos en 2003 que dejaron otro guardia en el camino, pero con una condena bien distinta. ¿Puede el poder judicial dictaminar dos fallos opuestos sobre unos hechos que se presentan como similares? No es que pueda, es que ha ocurrido.
El Tribunal Supremo, en sentencia de 2008, vino a confirmar la condena contra un agente de la Benemérita que había dictado la Audiencia Provincial de Cádiz en Ceuta por un delito de cohecho. A la pena de cárcel se le añadió la inhabilitación y hoy por hoy el agente está apartado del servicio tras ser expulsado del Cuerpo. ¿Por qué hechos?, por los mismos que se procedió a la detención de los seis guardias civiles que ayer se conformaron con una falta de estafa continuada, cambiándose radicalmente la calificación.
¿Qué separa ambos casos? Un juzgado, nada más. La causa abierta al agente condenado fue seguida por el juzgado número 1, mientras que la de los otros seis guardias que ayer aceptaron la condena pertenecía al juzgado número 4; así que ambas piezas se juzgaron por separado.
La del número 1, sin tantas dilaciones indebidas como la iniciada en el número 4, un juzgado marcado por la lentitud y por un bloqueo que hace que los casos se duerman en un particular cajón de sastre. De hecho este caso concreto que afectaba a los seis guardias que ayer se sentaron en el banquillo de los acusados data del año 2003 y ha tenido que enjuiciarse ocho años después.
La maquinaria judicial, en el caso de marras, ha sido lenta y además ha dejado dos fallos completamente opuestos, ya que estos seis guardias civiles se enfrentan, ahora, a la decisión disciplinaria que adopte el Instituto Armado, quedando únicamente en sus manos la posibilidad o no de que se produzca una expulsión.
El hecho de que dos juzgados distintos hayan intervenido en esta causa tiene mucho que ver con las artes que acostumbran a utilizar las fuerzas de seguridad. En 2003, en plena investigación desarrollada por Asuntos Internos, el juzgado número 1, que había avalado esas investigaciones, decidió archivar la causa. ¿Qué hizo la Benemérita? Presentar esa misma petición de amparo judicial en otro juzgado, el número 4, que se lo concedió. Así que continuaron las investigaciones y se fueron avalando las escuchas telefónicas, dando lugar a la detención de los seis guardias y de tres civiles. ¿Cómo puede un juez archivar el caso para, poco después, otro juez distinto avalar esa investigación? El hecho no es que puede, el hecho es que se produjo.  Y esta incongruencia iba a ser utilizada por las defensas de los acusados para solicitar la nulidad del caso.

 

Las claves

Esperanza de los acusados en su permanencia
Los guardias civiles acusados esperan no ser expulsados del Cuerpo. Ahora, tras ser firme la condena por la vía penal, queda por determinar qué sucederá con el expediente disciplinario que tiene que tramitar el Instituto Armado. Los acusados están destinados, en su gran mayoría, en otras comandancias después de causar baja de destino en Ceuta, y serán éstas las que deban determinar la sanción que les aplica después de haber reconocido su participación en una falta de estafa continuada.

Una condena aparte para el único civil presente
La defensa del único de los tres acusados civiles que estaban relacionados con una presunta cooperación en los delitos que se les imputaban a los guardias defendió una pena distinta para su patrocinado, lo que hizo tambalearse el principio de acuerdo que habían alcanzado las partes. Tras una nueva negociación, el acusado N.A.A. fue condenado a una falta de estafa -no continuada de estafa como el resto- por lo que la multa dictada por el tribunal de la Sección VI de la Audiencia fue bastante menor que la del resto.

De 4 años de cárcel a 3.600 euros de multa
El acuerdo negociado entre los abogados y el Ministerio Fiscal era notablemente beneficioso para los guardias civiles. De la petición original de 4 años de prisión y 9 de inhabilitación se pasaba a una de 3.600 euros de multa. Tras dialogar con sus abogados, los agentes optaron por admitir una conformidad, aunque la misma suponga reconocer la comisión de una falta. De haberse celebrado el juicio la defensa habría solicitado la nulidad de las escuchas telefónicas que fueron llevadas a cabo por Asuntos Internos.

La lentitud de la justicia: ocho años de espera
Los ocho años justos de espera que han tenido que soportar los acusados se convertía en una atenuante muy cualificada por dilaciones indebidas, con lo cual la pena solicitada se tendría que haber rebajado en dos grados. De existir una condena hubiera sido similar a la aceptada por los guardias, salvo un detalle: que con la conformidad están condenados a una falta mientras que ante una hipotética condena de celebrarse el juicio, lo serían por un doble delito y una segura inhabilitación.

 

En detalle

Investigación
Comienza en 2003 y la lleva a cabo de manera específica Asuntos Internos de la Benemérita. Tienen sospechas de que podían estar desarrollándose actuaciones irregulares en la frontera, y comienza una investigación que dura varios meses y sobre la que hay filtraciones.
Amparo judicial
Comienza en el juzgado número 1, con unas diligencias previas, hasta que al final se dicta el archivo de la causa. La Benemérita traslada esta investigación al número 4 sin que lo sepa el juez del número 1, y consigue otro aval judicial para seguir adelante con la investigación, dando lugar al arresto de seis guardias. Esta situación es desconocida entre juzgados, hasta que un abogado lo denuncia y sale publicado en este medio.
Las defensas
Se enfrentaban a la vista de ayer con dos pretensiones. La primera, pedir que las escuchas fueran declaradas nulas. La segunda, denunciar el hecho de que un juzgado hubiera decretado el archivo de la causa para, después, otro juzgado avalar que continuaran las investigaciones.
Precedentes
Hay sentencias dictadas por el Tribunal Supremo que son favorables a la nulidad de las escuchas. El último fallo conocido que afecta a una sentencia dictada por la Audiencia Provincial, se ha referido a la famosa ‘Operación Transpor’. En el caso de marras se tenía constancia de varios pinchazos telefónicos realizados por Asuntos Internos a guardias que luego nada tuvieron que ver con los hechos y que no fueron ni detenidos.
Inhabilitación
Las defensas confían en que de los expedientes que resuelva la Guardia Civil no se concluya la inhabilitación para estos agentes.

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