El Ministerio de Educación prevé publicar a la vuelta del verano los cambios pactados con los sindicatos en la Orden de Interinos, en la que se establecerá que “aquellos aspirantes que tuvieron una experiencia docente de, al menos, dos cursos académicos como funcionario interino en este Departamento en los últimos diez años, en el mismo cuerpo y especialidad de los solicitados”, quedarán exentos de acreditar estar en posesión de la titulación requerida para impartir la especialidad o de haber obtenido la calificación en la fase de oposición.
En la nueva redacción de la Orden de Interinos quedará reducido a superar la primera prueba y no todo el proceso de Oposición. Dicha exención, que se contemplaba en el artículo 4 del texto de 2009, se mantendrá “durante los cuatro cursos académicos posteriores a la entrada en vigor” de la redacción.
La Administración competente también ha aceptado que se reserve reserve la vacante para las interinas que se encuentren en el periodo de 6 semanas de incapacidad temporal en caso de haber dado a luz aunque ello no obstante no aparece en la Orden de Interinos ya que será responsabilidad de cada director provincial, según han informado fuentes sindicales que han participado en la última reunión del Grupo de Trabajo, celebrada el 20 de junio.
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